
Buenas a todos.
Antes que nada me gustaría decir que soy nuevo en el foro, aunque ya conocía el sitio y me pasé alguna vez, y que me da mucha vergüenza haberme tenido que registrar para pediros ayuda, pero es que realmente estoy desesperado y no sé qué más hacer.
La cuestión es que la semana pasada fui a encender mi Canon EOS 1000D para hacer unas fotos de la Semana Santa y descubrí que la cámara no se encendía. Pensé que era la batería, aunque recordaba haberla dejado casi totalmente cargada desde el último uso, pero aún así la puse a cargar y una vez terminada la carga comprobé que la cámara seguía sin encenderse ni reaccionar de ningún modo, ni errores, ni "ruidos", nada.
Lo primero que hice fue buscar por Internet y algunos de los resultados que obtuve fueron precisamente de Canonistas, de usuarios que le han pasado casos parecidos y probé todo lo que comentaban: limpiar los pines donde hace "contacto" la batería, los pines donde hacen "contacto" los objetivos, meter y sacar varias veces la batería de la cámara... y nada.
Sin resultados, fui a la tienda Canon de mi ciudad donde la compré. Me atendieron bastante bien, e incluso se molestaron en probar con otra batería de otra 1000D que tenían allí para exposición y nada, mi cámara no se encendía. Curiosamente también probaron mi batería en la otra cámara y tampoco se encendió. ¿Puede estar mi batería estropeada? Puede ser, pero entonces mi cámara sí se habría encendido con la otra batería y no lo hizo, así que le pasa algo más...
Total, que la tuve que llevar al taller donde me dijeron que mandarían la cámara a Barcelona a reparar. Pero cual fue mi sorpresa que dos días más tarde me llaman por teléfono para decirme que la cámara NO ESTÁ en garantía porque al ser una réflex sólo tiene 12 meses en lugar de los 24 meses habituales de cualquier aparato electrónico. Mi cámara tiene 18 meses...
¿No puedo hacer más? ¿Es legal lo de los 12 meses de la garantía? ¿Tengo que dar por perdida una cámara que en su día me costó más de 500 €? La única alternativa que me ofrecen es pagar la reparación, que como mínimo son 210 € cuando la 1000D (sólo el cuerpo) ya ronda los 380 €...
Muchas gracias y espero que alguien me dé alguna idea, porque si no me temo que la fotografía se ha terminado para mi...
Ante todo siento que se haya averiado tu cámara y a ver si aunque sea sola se arregla (que a veces pasa :P)
El problema que tenemos los compradores es que vamos con lo de 2 años de garantía obligados por Eu por bandera y no leemos la letra pequeña ni nos informamos correctamente (o no nos informan, que es peor).
Canon, al no ser una compañía Europea solo está obligada a dar 1 año de garantía, el segundo corre a cuenta de la tienda donde se compre siempre y cuando esta sea Europea claro. Donde está el truco, que me enteré hace un par de semanas preguntando sobre la garantía en una tienda, que el segundo año de garantía es real mientras se vaya a reparar un fallo que te haya ocurrido durante el primer año de la garantía, si no ajoyagua y a pagar por la reparación al SAT. Que me corrija alguien si me equivoco de todos modos.
Esto es al menos lo que me han explicado.
Por desgracia no puedo ayudarte con lo de la cámara, pero intenta a hacer un reset si no lo hiciste ya y ... no se me ocurren más cosas, sry :P
Un saludo.
Hola amigo no se como van los temas de garantia ,lo que si puedo decirte es que te asesores en alguna OCU aver que te pueden decir ,seguro que aqui hay algun forero tambien que te pueda ayudar ,yo te aporto esto que he encontrado en Google espero que te ayude es del Centro Europeo del Consumidor en España
http://cec.consumo-inc.es/cec/seccio...ontacta_es.asp
Productos de naturaleza duradera
El documento de garantía
Beneficios de la garantía
La garantía comercial
Bienes de consumo
Las recomendaciones que se incluyen en este apartado hacen referencia a los bienes de consumo. Es necesario aclarar entonces qué se entiende por este concepto.
Son bienes de consumo los bienes muebles corporales destinados al consumo privado, como por ejemplo:
El documento de garantía
- Instrumentos y material de óptica, fotografía, relojería y música
- Herramientas, cuchillería, cubertería y otras manufacturas metálicas comunes
- Muebles, artículos de menaje, accesorios y enseres domésticos
- Aparatos eléctricos, electrotécnicos, electrónicos e informáticos y su software
- Vehículos y sus piezas de recambio
- Juguetes, juegos, artículos de recreo y de deporte
- Vivienda
En el momento de adquirir un bien de consumo el consumidor tiene derecho que el vendedor le entregue el documento de garantía, que deberá expresar:
De conformidad con la Ley 23/2003, de 10 de Julio, de Garantías en la venta de bienes de consumo, el plazo mínimo de la garantía de los productos de naturaleza duradera es de dos años. En consecuencia, de los defectos que se manifiesten dentro de este plazo, responderá el vendedor. De todas maneras, será necesario que el comprador haya manifestado de manera fehaciente al vendedor su falta de conformidad dentro del plazo de dos meses desde que se dio cuenta del defecto.
- El objeto sobre el que recae la garantía
- La identificación del garante, que puede ser el fabricante o el importador del producto
- El titular de la garantía o adquiriente del producto
- Los derechos del titular de la garantía
- El plazo de duración de la garantía
En el caso de los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
Beneficios de la garantía
Durante el plazo de vigencia de la garantía, la Ley 23/2003 prevé que, si el bien no se ajusta a las condiciones del contrato, su titular tendrá derecho a la reparación o sustitución y estas:
La garantía comercial
- Serán gratuitas para el consumidor. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los bienes con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales
- Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor, teniendo en cuenta de la naturaleza de los bienes y la finalidad que tuvieran para el consumidor
- En el supuesto de que la reparación no sea satisfactoria y el bien no está en condiciones de ser utilizado en óptimas condiciones, el comprador podrá exigir la sustitución del bien por otro de idénticas condiciones, o la rebaja del precio o la resolución del contrato
La garantía comercial es una garantía adicional sobre el producto que puede ofrecer el vendedor o el fabricante en las condiciones que consideren oportunas.
La camara ya está en el servicio tecnico, asi que solo tienes dos opciones, o pagas, o te lias de papeleo y prolongas el tema, hasta que te digan que tienes razón o que no la tienes y al final terminas pagando.
Todos los ayuntamientos tienen una oficina llamada OMIC, o algo asi, oficina municipal de información al consumidor, donde hay expertos en estos temas. Cuando pides una hoja de reclamaciones en algún comercio se tramita el tema desde esta oficina, mas o menos, no se bien como va el tema.
La cuestión es que te acerques a tu ayuntamiento y preguntes por esta oficina de consumo y, con los papeles que tengas de la camara, factura, garantia, etc, te informen de los pasos a seguir.
Suerte.
Canon 1000D + 18-55 + 71-300 + flash yongnuo yn-467
Jose Mª
En estos casos no hay excusas posibles. Se trata de un aparato electrónico y por ley le corresponden 2 años de garantía. Que se dejen de reflex ni gaitas... Hay ciertas tiendas que son unos impresentables y ni merece la pena mirarles el escaparate. Vete directamente a denunciarlos a la OMIC. Saludos y suerte.
Cuando dices que probaron tu bateria en otra camara y no se encendio ,pues yo creo que hay tienes una pista no?
Lo de que probaron tambien con otra bateria que estaba en una camara expuesta ¿Cuanto tiempo llevaba la camara expuesta? ,a mi se me han descargado baterias sin usarlas en la camara
De todas las maneras a que taller la has llevado ,porque me estraña que si la has llevado a Setelsa taller oficial de canon te hallan podido decir eso de los 12 meses ,cuando ese servicio ha estado reemplazando camaras que se les habian estropedado ,por otras superiores ,en mi caso por ejemplo con una canon S1 se me estropeo y me la sustitulleron por una S5 sin ningun coste ni me pidieron garantia
Mantennos informados
¿Dónde la compraste? ¿Tienes la factura? Intenta probar otra batería recién cargada con otro cargador.
1000D + Tamron 18-270 + Canon 50 F/1.8II + Trastitos varios ...
Me sienta mal que critiquen mis fotos, pero que solo las alaben no me ayuda a mejorar...
La verdad es que pensandolo bien, ¿cuantos chismes electronicos tenemos que no son fabricados aqui? La mayoria, por no decir todos, están fabricados fuera, igual que los vehiculos, pero las leyes de aqui obligan al importador, representante o servicio tecnico de dicho producto a dar dos años de garantia.
Diferente es que esté fabricada en Japon y la mandes alli a reparar y pidas esos dos años de garantia, pues claro que van a decir que no, ellos en su pais tienen otras leyes.
Total, que como te han dicho, que se inventen lo que quieran pero tienen que darte esos dos años de garantia, asi que reclama.
He leido algún caso de productos en los que en el contrato de la garantia, en letra pequeña, ponen que solo cubren un año de garantia. La gente ha reclamado, lo han calificado como contrato abusivo y han tenido que respetar los dos años de garantia que dicta la ley.
Canon 1000D + 18-55 + 71-300 + flash yongnuo yn-467
Jose Mª
Sigue habiendo mal entendido con el tema de las garantias, y no es porque esté fabricado en Japón o en la conchichina, que dá igual.
La Ley de Garantias establece incluso un periodo menor, de 6 meses para garantizar el producto que compras contra todo defecto de fabricación. Canon lo tiene extendido a 1 AÑO para todos sus productos. Durante este tiempo, es el fabricante el que corre con la reparación en garantia si aparece cualquier defecto (que no sea atribuible a mal uso, golpe, etc..).
El tiempo RESTANTE hasta los 2 AÑOS, es el comerciante el que corre con la garantia ... Este periodo es para garantizar que cualquier avería que haya ocurrido durante el período de ganrantia inicial contra "todo riesgo", si se volviese a producir durante este periodo hasta los 2 años, estaría directamente cubierto y garantizado.
El problema viene cuando aparece una nueva avería que no ha ocurrido antes y sucecede durante ese segundo período (en nuestra caso, 2º año).
Solo hay dos opciones: Que sea un problema de fabricación o no.
Si no puedes demostrar que es un problema de fabricación (y cómo está en el 2º año de "garantia") puede que los del SAT se avengan a que pagues una garantia extendida Serplus 3+ y que te la reparen con cargo a esa garantia extendida que has comprado (y que ademas te vale como garantia REAL a todo riesgo por un 3er año, o sea, estás comprando una garantia real contra todo defecto - que no sea mal uso o desgaste - por otros 18 mese mas !... y creo que todo ello son 89€ para esas cámaras). Creo que es el mal menor y puede que la mejor solución.
- Si lo es y el frabricante lo reconoce, no hay problema, el fabricante lo va a arreglar en garantia sin costo para el cliente.
- Si el fabricante no lo reconoce como defecto de fabricación, hay que recurrir a paritajes externos que demusestren si lo es: peritajes de la OCU, Consumo de Ayuntamientos,etc... y reclamar.
- Si no está en los dos casos anteriores, solo queda pagar la reaparación (o comprarte otro nuevo, que a veces compensa - caso de compactas y cosas de bajo valor) .
Saludiños
Última edición por Juan55; 12/04/10 a las 16:20:16
pues creo que en los bienes de consumo la garantia es de dos años, en caso de que no se hagan responsables lo mejor es que pagues tu la averia y luego te vayas a la union de consumidores de tu ciudad a informarte y poner, si corresponde, la denuncia
Equipo de Angel: 30D + Canon EF II 50 f1,8 + Canon 10-22 + Canon 24-105 IS L + Canon 70-200 f2,8 L + Extender EF x2 + Lowepro MicroTrekker 200 ...y...![]()
Creo que no es así exactamente. Según la ley, sólo hay garantía total los primeros 6 meses, si reclamas un fallo del aparato durante ese periodo, no tendrás que demostrar nada, pero a partir de ahí hasta los 2 años, cualquier fallo, tendrá que ser el consumidor el que demuestre mediante informes de peritos etc. que el fallo del aparato se debe a un defecto de fabricación y no a un mal uso del mismo.
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