
Hola.
Si en un folleto pone que el precio de un producto esta entre 300 y 500 euros. Cuando se sabe a ciencia cierta que cuesta bastante mas de 500 euros, ¿se podria exigir un precio maximo de 500 euros?.
Incluyen en letra pequeña en una esquina la frase "Documento no contractual".
Saludos
Por ley deben respetarte el precio del folleto , pero normalmente tiene un precio fijo , no una horquilla como en el caso que comentas .
Ni tu peor enemigo puede hacerte tanto daño como tus propios pensamientos
http://losdiasdelalluvia.blogspot.com
Si queréis acompañar a Guzmán en su lucha http://unoentrecienmil.blogspot.com/
Creo que normalmente si en la propaganda esta etiquetado a ese precio te lo tienen que mantener, lo que desconozco es si el que ponga esa frase los exime de hacerlo.
Lo que si se seguro es que si por ejemplo se han equivocado a etiquetar un producto, están obligados a vendértelo a ese precio. Si no los puedes denunciar por publicidad engañosa, presentate con el folleto y puedes pedirles el libro de reclamaciones.
Saludos y suerte, ya contaras
1000D+pISa+ EF 50mm f/1,8 +Sigma 18-125 OS HSM +Tubos Extensión
"muchas ganas de probar y de aprender"
Ese es el quid del asunto. No ponen un precio fijo. Ponen un rango de desde hasta....pero el limite superior es bastante mas bajo que el precio real.
Gracias por las rapidisimas respuestas
Ya puede poner misa si quieren . La ley está de tu parte .lo que desconozco es si el que ponga esa frase los exime de hacerlo.
Ya nos podrías decir de que se trata ¿una 5d2 por 500 euracos? porque me voy contigo a por otra![]()
Ni tu peor enemigo puede hacerte tanto daño como tus propios pensamientos
http://losdiasdelalluvia.blogspot.com
Si queréis acompañar a Guzmán en su lucha http://unoentrecienmil.blogspot.com/
Mientras que no aparezca el temido "salvo error tipográfico" deben de mantener el precio.
Lo del error tipográfico legalmente no tiene ninguna validez . Lo que ponga en el folleto hay que respetarlo .De acuerdo con la Ley, los folletos y demás publicidad que emita en cualquier forma el vendedor (inclusive en medios de comunicación, como anuncios publicitarios en vallas, periódicos, televisión radio, etc.) tienen el valor de oferta vinculante, y le obligan frente al comprador, si éste acepta la oferta, de modo que el vendedor tiene que cumplir con las condiciones que ha ofrecido en la publicidad; si no lo hace se entiende que está incumpliendo el contrato, y el comprador tiene derecho a reclamar al vendedor su cumplimiento.
Ni tu peor enemigo puede hacerte tanto daño como tus propios pensamientos
http://losdiasdelalluvia.blogspot.com
Si queréis acompañar a Guzmán en su lucha http://unoentrecienmil.blogspot.com/
Y que lo digasyo me ahorré 2000 lereles al comprar mi anterior coche por que publicaron un anuncio en una revista con un precio erroneo, yo no dije ni pamplona de la revista cuando entré por la tienda, estuve mirando el coche, lo probamos, me gustó y cuando estábamos hablando ya de los papeles, saqué la página de la revista del bolsillo, la cara del vendedor cambió de color
![]()
![]()
![]()
Marcadores