¿Tú pagas IVA cuando compras en China?
¿Sabéis si hay alguna tienda "china" que de facturas que sean legalmente deducibles en España cuando compras a nombre de tu empresa?
¿Provococa esto problemas con aduanas?
¿Tú pagas IVA cuando compras en China?
Que yo sepa (igual estoy equivocado porque te escribo de memoria, sin consultarlo, pero casi seguro de que es así), ni china ni francesa ni alemana ni andorrana, la única forma de deducirte el IVA de una factura es que esa factura haya sido emitida por una sociedad que opere legalmente en España y tenga su CIF español. Esta es la operación digamos estándar, la de todos los días para las empresas españolas, el proveedor cobra el IVA y tú te lo desgravas en el 300 trimestral.
Si la empresa que te hace la factura no es española pero es de la Unión Europea, en ese caso para no pagar el IVA debes tener un CIF intracomunitario, que lo puedes pedir por internet en la AEAT (o sea, Hacienda). Con esto lo que ganas es que la empresa que te vende no te cobra el IVA, aunque tú debes reflejar esas operaciones después en tu 300 trimestral. El CIF intracomunitario no tiene coste ninguno, y viene a ser al CIF español lo mismo que el IBAN al CCC, o sea, una identificación del país al que pertenece, pero nada más.
Si la empresa es de fuera de la Unión Europea, no te cobran IVA en la factura, pero de hecho se trata de una exportación y te lo deberían cobrar en la aduana, aplicándote el 16% español de rigor, pero este IVA cobrado en la aduana sí que te lo puedes deducir después lo mismito que cualquier IVA pagado en una factura de empresa española. Si eres un particular y te escaqueas de la aduana es como cuando pagas un servicio sin IVA, te lo ahorras, pero si eres una empresa es absurdo intentar escaquearse porque ese IVA sí que te lo deduces después.
Resumiendo: Empresa española, te cobra IVA y te lo deduces después; empresa europea, con el CIF intracomunitario no te cobra el IVA, aunque luego debes reflejar la operación, no te afecta en nada más, ni lo pagas ni te lo deduces; empresa extracomunitaria, no te cobra IVA en la factura, te cobran IVA en la aduana, pero te lo deduces después como si fuera el de una factura de empresa española.
No sé si me explico, evidentemente hay muchos matices pero eso es lo básico, puedes consultar con un asesor o en una gestoría para más detalles.
PD: Por ejemplo, si tu CCC (código cuenta corriente, o sea, tu cuenta del banco) es 2100 1000 12 1234567890, el IBAN será ESXX (dos dígitos que cambian en función de cual sea tu banco) + CCC; ejemplo: ES79 2100 1000 1212 3456 7890. Este es para operaciones electrónicas, si hay que ponerlo en papel seria IBAN ES79 2100 1000 1212 3456 7890. Con el CIF intracomunitario lo mismo: lo pides y te dan un número más largo que lo identifica como CIF de España; lo usas en las compras a empresas europeas y entonces no te cobran el IVA en las facturas. Después lo reflejas.
Otro apunte: muchos particulares usan el sistema de solicitar al vendedor, si es extracomunitario, que especifique en el paquete a enviar el concepto " GIFT ", o sea, "regalo", porque en ese caso estás exento de pagar el IVA de la aduana. Otra cosa es que la empresa que te vende lo haga (algunas se enrollan, otras pasan de todo) y otra cosa también es que en la aduana se crean que te mandan un regalo de China que es una Canon EOS 5D, por decir algo, pero bueno, en muchas ocasiones cuela... y aunque no venga como "GIFT" todos sabemos que en la aduana no lo localizan todo y la mayoría de cosas pasan, pero bueno, te puede tocar. En este caso has hecho lo mismo que cuando le dices a tu mecánico que te cobre sin IVA, te lo ahorras. Pero en ambos casos quedas indefenso ante reclamaciones posteriores, en la mayoría de casos te quedas incluso sin garantía válida si no adjuntas una factura legal del producto. O para poder ejercerla tienes que pagar el IVA que no pagaste en la aduana, conozco casos. La cuestión es que al mecánico puedes volver y lograr que te repare de nuevo lo que no quedó bien hecho en la primera visita, y al chino o al yanqui va a ser difícil reclamarle... Pero bueno, hay tantos casos diferentes como compras, cada transacción tiene sus particularidades y lo de aduanas es de estudio, he oido de todo, pero esto son las líneas generales de como funciona en teoría, siempre en teoría... Si te llega sin problemas, sin costes de aduanas, y encima te funciona bien y sin problemas, que es lo que suele pasar en la mayoría de ocasiones, pues nada, a disfrutar!
Última edición por Carlito; 19/06/08 a las 09:46:23
Muchas gracias. O sea, que si eres empresa, mejor te buscas una buena oferta en España.
Creo que si no estamos hablando de mucho dinero hay unas ofertas buenísimas en la web de empresas españolas que, si además te puedes desgravar el IVA, te va a salir super barato y seguro en todos los aspectos.
Si es mucho dinero, pues depende, ya te digo que si compras como empresa el IVA de la aduana te lo puedes desgravar también... no sé, valora todos los pros y contras, teniendo en cuenta que con el tema de aduanas hay más azar del que debiera, me han contado experiencias de todo tipo...
el tema del iva es un poco complicado:
1º si compras fuera de españa es una importación no hay iva
2º si compras en ce es operacion intracomunitaria y tienes que estar dado de lata en el censo intracomunitario para poder deducirte el iva (le deduces directamente en españa en hacienda).
3º si tienes una compravacion ten encueta que es deducble si esta a efecto de la activida " se prudente"
Sí, es así. He comprado hoy en Sevilla. Si compro fuera, mi contable se vuelve loco. Cuando le hablo de los "chinos" dice que le suena a "chino". Está claro que, como empresa, es mejor comprar en España.
40D + Tamron 18-270 VC + algunas cosillas.
No liemos a la gente que al final se miran solamente el último mensaje y creamos confusión:
1º - Es lo que he dicho yo antes, no hay IVA en la importación pero pagas el IVA en la aduana, que es deducible.
2º - Es también lo que he dicho yo antes, necesitas el CIF intracomunitario, que identifica a la empresa como española (es un trámite sencillo, gratuito y rápido en Hacienda, como pedir el IBAN de tu cuenta en el banco). Lo que esto supone es que en tu compra como empresa, si usas el CIF intracomunitario la empresa vendedora NO TE COBRA el IVA en la factura, aunque tu debes reflejar después en la liquidación trimestral del modelo 300 que esa operación se realizó, aunque por esa factura no hayas tenido que pagar IVA ni por tanto tengas ningún IVA que desgravar.
3º - No entiendo que es una compravación, supongo que será un error de tecleo, pero resumiendo: como no estaba seguro he consultado con Hacienda y es todo exactamente como lo he explicado en mi anterior mensaje...
Supongo que se refiere a un Inspección por parte de la AEAT: pongo un ejemplo: si tienes una panaderia, desgravarte el IVA de una Canon 5D + 70-200 f2.8L ... como que no se lo vas a colar a un inspector (de hecho tampoco te dejará deducirte la base imponible como gasto). En el caso de los coches (la gente que se pilla un Porsche Cayenne por renting para ir por las obras) hay una norma "no escrita" que te permite deducirte la mitad del gasto y de la cuota del IVA, no se se seria aplicable al equipo fotográfico.
Respecto a tu explicación sobre las 3 modalidades de IVA: más clara que el agua, és sin duda la que hay que tener en cuenta al leer este post.
Un saludo
Ignorante no es el que no sabe, es el que se niega a aprender
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