Mostrando resultados del 1 al 4 de 4

Tema: Duda sobre practicas de un SAT.

  1. #1
    Fecha de Ingreso
    ene 2010
    Ubicación
    Islas Baleares
    Mensajes
    119

    Predeterminado Duda sobre practicas de un SAT.



    Buenas, os paso a comentar un tema qu eme tiene un poco mosqueado.

    A finales de Noviembre del 2012, mi objetivo Tamrom empieza a tener problemas para enfocar, sobretodo en su tramo final de focal, por lo que me pongo en contacto con el servicio técnico XXXX, el objetivo se encuentra en garantía por lo que me dicen que la reparación es gratuita pero que los gastos de envío van a mi cargo.

    Tras enviárselo y esperar 20 días me llega de nuevo, al abrir la caja veo como en la factura no se detalla nada, por lo que me extraño y me dispongo a probar el objetivo.Nada más probarlo veo que el problema persiste y que no lo han solucionado.

    Vuelvo a contactar con ellos, me dicen que han limpiado el sensor de enfoque y que a ellos les va bien, me ofrecen que se lo reenvíe, acepto solo que esta vez los portes son a su cargo.

    pasadas 3 semanas , llamo para interesarme y me comentan que les ha parecido observar que efectivamente tiene problemas para enfocar por lo que han cambiado todo el sistema de enfoque. Todo ok.

    Ayer por la tarde me llega el objetivo, lo saco de la caja y no aprecio nada mal,okey, lo monto en la cámara y.... NO RESPONDO EL ENFOQUE PARA NADA ¡¡¡¡, tras insistir y apagar y encender la cámara varias veces, el motor responde pero sigue igual, a focal mínima si enfoca y a a partir de la mitad del recorrido ya no lo hace, vamos el mismo problema por el que lo envíe en Noviembre. Ademas aprecio que en la bayoneta que une el objetivo al cuerpo ahora tienen una holgura, por lo que tienen un pequeño recorrido !


    Me vuelvo a poner en contacto con ellos, ya hoy por la mañana adjuntandoles por email un video donde se ve el problema.

    Me reconocen que falla y no es normal, me ofrecen que se lo envíe otra vez, pero también el cuerpo de la cámara, ya que argumentan que ellos tienen otros modelos de canon en el SAT, y que quizás haya que microajustar el objetivo para mi 60D


    A mi todo esto me suena muy raro, es normal que tengas que enviar el cuerpo también al SAT en estos casos ?


    Agradeceria que alguien me iluminara un poco, o me contara experiencias similares para saber como proceder.


    Un saludo y gracias


    * Una vez todo haya llegado a su final, publicare el nombre del SAT.

  2. #2
    Fecha de Ingreso
    jul 2009
    Ubicación
    Barcelona
    Mensajes
    5.953
    Entradas de Blog
    1

    Predeterminado

    Tienes otros objetivos además del Tamron? Y con los otros funciona todo bien?

    Lo digo porque en teoría tu Tamron es compatible con cámaras Canon, así que debería funcionar bien con cualquiera de ellas sin necesidad de "microajustar" nada (no estamos hablando de que tiene algo de front-back focus, sino de que a partir de la mitad no enfoca).

    Vamos, yo no enviaría la cámara.



    Te pongo lo que dice el REal Decreto-Legislativo 1/2007 sobre estos temas cuando intentan reparar algo y la reparación no es satisfactoria. Si les comentas esto, podrías decirles también que si quieren lo envías una última vez (a su cargo) para que lo intenten reparar de una vez por todas y, si no, que solicitas te lo cambien por un objetivo nuevo (también podrías pedir la devolución del dinero a la tienda, pues el vendedor es el primer responsable, haya o no haya SAT). Mírate el artículo 120.d, en negrita:


    Artículo 119. Reparación y sustitución del producto.
    1. Si el producto no fuera conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del producto, salvo que una de estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. Desde el momento en que el consumidor y usuario comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella. Esta decisión del consumidor y usuario se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente para los supuestos en que la reparación o la sustitución no logren poner el producto en conformidad con el contrato.
    2. Se considerará desproporcionada la forma de saneamiento que en comparación con la otra, imponga al vendedor costes que no sean razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el producto si no hubiera falta de conformidad, la relevancia de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayores para el consumidor y usuario.
    Para determinar si los costes no son razonables, los gastos correspondientes a una forma de saneamiento deben ser, además, considerablemente más elevados que los gastos correspondientes a la otra forma de saneamiento.


    Artículo 120. Régimen jurídico de la reparación o sustitución del producto.
    La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:
    a. Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.
    b. Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario, habida cuenta de la naturaleza de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y usuario.
    c. La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 123. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor y usuario ponga el producto a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor y usuario del producto ya reparado. Durante los seis meses posteriores a la entrega del producto reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el producto defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados.
    d. Si concluida la reparación y entregado el producto, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
    e. La sustitución suspende los plazos a que se refiere el artículo 123 desde el ejercicio de la opción por el consumidor y usuario hasta la entrega del nuevo producto. Al producto sustituto le será de aplicación, en todo caso, el artículo 123.1, párrafo segundo.
    f. Si la sustitución no lograra poner el producto en conformidad con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la reparación del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
    g. El consumidor y usuario no podrá exigir la sustitución en el caso de productos no fungibles, ni tampoco cuando se trate de productos de segunda mano.






    Finalmente, sobre los gastos de sustitución (retirada del producto viejo y envío de un nuevo producto), la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea de 16 junio 2011 establece que los gastos son a cargo del vendedor del producto,salvo que sean desproporcionados (no es el caso).



    SAludos.

    Última edición por Teo Barker; 16/01/13 a las 08:59:53



  3. #3
    Fecha de Ingreso
    ene 2011
    Ubicación
    Aragón
    Mensajes
    245

    Predeterminado

    Poco que añadir a la completísima explicación de Teo Barker. Tan solo, que yo hablaría con ellos, pero indicándole que vas a acudir a una Oficina Municipal de Atención al Consumidor o a una Asociación de Consumidores, y les exigiría o una unidad nueva, o que devuelvan el dinero... incluyendo los portes.

    Eso sí, guarda toda la documentación (correos y demás) y no negocies nada por teléfono.

    Saludos

  4. #4
    Fecha de Ingreso
    ene 2010
    Ubicación
    Islas Baleares
    Mensajes
    119

    Predeterminado

    Muchas gracias Teo Barker y LSanzSal, Tengo otros objetivos y funcionan a la perfección, me he puesto en contacto con la oficina del consumo, y me han dicho que me devolverán la llamada que tienen que asesorarse para poderme informar de exactamente como proceder. Pero vamos que con la que me has dicho Teo ya se cuales son mis derechos, una vez más, gracias.

Temas Similares

  1. Respuestas: 13
    Último mensaje: 08/09/14, 06:33:31
  2. Aprendiz practicas de vuelo
    Por elo10 en foro Fauna
    Respuestas: 5
    Último mensaje: 09/11/12, 00:32:43
  3. Respuestas: 7
    Último mensaje: 07/02/10, 16:22:33
  4. Respuestas: 14
    Último mensaje: 06/07/09, 22:40:11
  5. en practicas
    Por alangelus en foro Fauna
    Respuestas: 13
    Último mensaje: 16/02/09, 16:26:41

Marcadores

Normas de Publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •