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Ver la Versión Completa : Legalidad para Publicar Fotos de Gente en un sitio Publico?



nitr0
14/04/09, 19:45:44
Hola, el pasado fin de semana realize unas fotos a gente en una Romeria, mi pregunta es si puedo publicar estas fotos en un portal informativo o en internet. En las fotos sale a gente paseando, niños jugando, con la bici, en sus candelitas... etc de todo un poco.

nitr0
18/04/09, 12:33:29
nadie me puede ayudar con esto? :descompuesto

nacho2222
19/04/09, 13:16:04
En la TV sale todo el tiempo gente, y nadie dice nada. :lengua

Velo
19/04/09, 16:20:12
Hola, solo si eres un medio periodístico puedes hacer uso público de esas imágenes.
Si no lo eres, debes disponer de la autorización por escrito de cada una de las personas que aparece o te enfrentas a una posible sanción (muy elevada en importe, tanto como para arruinarte la vida) de la Agencia española de protección de datos.

Saludos.

nitr0
19/04/09, 16:21:44
Vale, si yo tengo un portal informativo con un apartado de fotos y galerías, se considera medio periodistico?

alemonic
19/04/09, 16:43:51
No sólo si eres un medio periodístico, depende de si es noticia o no y de cómo se trate la noticia. No puedes colgar fotos de un individuo en un portal tratando la foto como medio artístico y declarar después que es noticia.

Pere Larrègula
19/04/09, 17:02:39
Os adjunto un post que hice para otro foro:

Derechos de imagen de las personas (en España)
Antes de plantearnos hacer fotos a personas deberemos plantearnos algunas cuestiones que son muy importantes.

Para saber a ciencia cierta que podemos o no hacer, deberemos revisar la legislación española sobre derechos de imagen (Ley Orgánica 1/82 de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad personal y familiar y a la Propia Imagen).

Pero ojo… porque debemos prestar especial atención?... porque estos derechos están recogidos en el capítulo de Derechos Fundamentales, reconocidos expresamente en la Constitución y no es algo que debamos obviar.

Intentare hacer un resumen escueto de la misma:
La ley no deja claro que es o no la propia imagen, pero deja meridianamente claro lo que es considerado una intromisión ilegitima… y no es otra cosa que: “la captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona...”.

Según la ley el mero hecho de realizar la fotografía (captación de la imagen) sin consentimiento expreso (por escrito), aun no publicándola en ningún medio, es una violación de la ley. Si además la imagen es “publicada” en cualquier medio… incluso aquí o en nuestra Web, la infracción es mayor.

A todo esto hablamos de una imagen de la persona que sea reconocible lo que es ilegal (y no solo es la cara de una persona lo que la hace reconocible).

Entonces, es legitimo hacer fotos a personas sin consentimiento expreso y por escrito?
La respuesta es NO

Salvo en alguna excepción, como se menciona en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 1/82, que dice al respecto lo siguiente:

La captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
La información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.

Nota: Estas excepciones no son validas para autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato, como por ejemplo los cuerpos de seguridad del estado.

Y esto son solo los derechos relativos a la imagen personal… ojo con el derecho al Honor a la Intimidad personal y familiar que son otra guerra… y es el uso que se haga de las fotografías que puede considerarse dañino para los mismos y que es muy subjetiva su interpretación...

Espero haber aclarado algo

Saludos

alemonic
19/04/09, 17:43:07
Algo no Pere, has aclarado mucho.

J.Ortg
19/04/09, 18:46:16
Lo muevo al lugar adecuado, la pulidora es para pulir fotos. Debemos fijarnos y postear cada cosa en su sitio.

"Un sitio para cada cosa y cada cosa en su sitio"

Mikmik
19/04/09, 19:54:20
Si, pero yo insisto en que es legal fotografiar gente que participe de un acto lúdico-festivo, como son ferias o fiestas mayores, almenos eso me respondieron en un post sobre legalidad y fotografia.

Los menores són caso a parte, no deben salir bajo ningun concepto excepto la autorización paterna (y aún así con excepciones).

Por favor, que alguien me corrija si me equivoco. Gracias

Un saludo
Mikmik

alemonic
19/04/09, 21:08:05
Veras mik mik, el problema no es el acto de hacer la foto, sino el uso posterior que va a darse a esa foto. Si yo estoy en la feria de Sevilla, y me haces una foto bailando sevillanas (foto donde yo aparezca claramente reconocible), y esa foto la vendes a un periódico, ten claro que si la veo pienso reclamártelo ante un juzgado. Si la cuelgas en internet, probablemente te pida sólo que la elimines de tu web. Si la vendes para un anuncio a tamaño autobus, prepara la billetera.

Domonte
19/04/09, 21:20:02
Veras mik mik, el problema no es el acto de hacer la foto, sino el uso posterior que va a darse a esa foto. Si yo estoy en la feria de Sevilla, y me haces una foto bailando sevillanas (foto donde yo aparezca claramente reconocible), y esa foto la vendes a un periódico, ten claro que si la veo pienso reclamártelo ante un juzgado. Si la cuelgas en internet, probablemente te pida sólo que la elimines de tu web. Si la vendes para un anuncio a tamaño autobus, prepara la billetera.

Claro y conciso. Como ya he dicho en el otro post "utilicemos el sentido común", ¿o es que el delito no es delito si nadie se entera? ¿o es que a uno no le molestaría verse en una publicación sin haberlo permitido (máxime si por esa publicación se perciben beneficios y uno no recibe ni el agradecimiento :evil:)?

Por otra parte, como bien dice Pere, algunos puntos de la ley son muy subjetivos. Yo mismo, si saliera en una foto sin mi conocimiento y la persona responsable me responde de manera airada o irrespetuosa...


...prepara la billetera...

Mikmik
19/04/09, 23:10:15
Pues parece ser que el post habla sobre publicar la foto en una web particular donde se habla de un acto festivo. Yo no veo donde se expone la "venta" de la foto a un medio "informativo" tipo revista, ni periódico, ni veo donde se dice que se va a hacer un anuncio con la imagen fotografiada... Yo a esto de "prepara la billetera" me parece una actitud chulesca que, segun mi modesta opinión, sobra en estos comentarios. Me parece de menos sentido comün comentarios amenazantes hacia la practica de una aficiön plasmados en este foro que realizar nuestra propia aficiön (excluidos profesionales).

Imaginemos que fotografio un monumento pequeño en una ciudad y por delante del mismo pase DOMONTE, siendo casi del mismo tamaño. Yo subo mi foto al flicker por que se la quiero enseñar a mis parientes andaluces y DOMONTE me denuncia por uso indebido de su imagen... claro, vamos a juicio y un juez dira si el es el protagonista o si lo es el monumento (por que no se distingue si a DOMONTE se le ha hecho un robado o andaba despistado por ahí)...

No creo que la fotografia sea un crimen, o sea, creo todo lo contrario, pero por educación y ética vamos a poner unas "normas" que protejan un poco a personas "inocentes" (menores, gente que tenga algún interés en no aparecer en las fotos, gente en una actitud poco decorosa, etc) pero de ahí a que te digan que tienes que vigilar lo que fotografías hay muuuchos pasos...

Además, por que lo ponga en una ley no quiere decir que tenga ninguna lógica, como en el ejemplo que he puesto. DOMONTE se ha quedado con dinero mío por que le ha dado la gana, si un juez le da la razón. Todos conocemos casos similares.

Nuestro deber como aficionados a la fotografía nos debería impulsar a dar la información lo más exacta y justa posible para que no comentamos ninguna ilegalidad sin saberlo, pero no hace falta sacar las cosas de sïtio y crear polémica.

Por cierto, toda esta inormación es utilísima tanto para mi como para todos los compañeros, nos ayuda a conocer un poco más nuestro mundillo.

Gracias y un saludo

Pere Larrègula
20/04/09, 20:41:04
el problema no es el acto de hacer la foto, sino el uso posterior que va a darse a esa foto

No es así... el hecho de hacer la fotografía (captar) sin autorización es lo que está prohibido en la ley, salvo las excepciones que menciono en el post (y la ley no distingue entre profesionales y aficionados)


Si yo estoy en la feria de Sevilla, y me haces una foto bailando sevillanas (foto donde yo aparezca claramente reconocible), y esa foto la vendes a un periódico, ten claro que si la veo pienso reclamártelo ante un juzgado.

Es una de las excepciones, siempre y cuando la fotografía se considere de relevancia periodística (menores no por eso)... En el caso que pones lo es, ya que aparece en un medio y por lo tanto no sería un problema... así que difícilmente ganarías la demanda por uso de tu imagen (salvo que la foto dañase tu honor, algo muy subjetivo que estaría a criterio del juez).


Si la vendes para un anuncio a tamaño autobus, prepara la billetera.

En este caso tienes razón.

Saludos

Pere Larrègula
20/04/09, 20:54:47
Imaginemos que fotografio un monumento pequeño en una ciudad y por delante del mismo pase DOMONTE, siendo casi del mismo tamaño. Yo subo mi foto al flicker por que se la quiero enseñar a mis parientes andaluces y DOMONTE me denuncia por uso indebido de su imagen... claro, vamos a juicio y un juez dira si el es el protagonista o si lo es el monumento (por que no se distingue si a DOMONTE se le ha hecho un robado o andaba despistado por ahí)...

Tienes toda la razón... en ese caso la persona es meramente accesoria y si la persona tiene notoriedad pública, puedes hacerle las fotos que quieras siempre que estés en un lugar o acto público.


No creo que la fotografia sea un crimen, o sea, creo todo lo contrario, pero por educación y ética vamos a poner unas "normas" que protejan un poco a personas "inocentes" (menores, gente que tenga algún interés en no aparecer en las fotos, gente en una actitud poco decorosa, etc) pero de ahí a que te digan que tienes que vigilar lo que fotografías hay muuuchos pasos...

La legislación no distingue entre aficionados y profesionales... y yo me he limitado a comentaros lo que dice la ley... absurda o no, es eso lo que hay.

Y el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.

Saludos

Naccho
20/04/09, 22:05:24
Instructivo tema, pero creo que en actos culturales se puede fotografiar a la gente que participa. Concretamente la Ley del derecho al honor, la intimidad y la imagen, en su artículo 8 dice:


Artículo 8

1. No se reputarán, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante.

2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
b) La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una
persona determinada aparezca como meramente accesoria. Las excepciones contempladas en los párrafos a) y b) no serán de aplicación respecto de las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de la persona que las ejerza.

Las leyes para mi son un poco confusas, pero interpreto que en actos culturales como desfiles de carnaval, romerías, procesiones y actos semejantes, se puede fotografiar a las personas que participan. Por favor, corregirme si me equivoco.

Un saludo.

JosebaZ
20/04/09, 22:41:02
Esto me está dando hasta miedo. Debo de ser un delincuente de la leche :descompuesto, al igual que muchos fotógrafos de ahora y del pasado. A mí me encanta salir a la calle y fotografiar aquello que me llama la atención, incluido a la gente. Hay fotografías antiguas, como por ejemplo alguna por ahí que se titulaba algo así como "Salida de los obreros de una fábrica", en la que creo que el fotógrafo no se dedicaba a pedir autorización a cada uno de ellos.
Me ha creado tal angustia que creo que ya no saldré tan panchito a la calle. Yo creía que si estabas en la calle eras fotografiable. Si no es así, los famosillos, que salen en la tele un día sí y al otro también, en la puerta de su casa todos los días con varios fotógrafos apostados (y creo que sin consentimiento), se forrarían ganando querellas. Yo no lo veo claro.

Naccho
20/04/09, 22:56:30
Esto me está dando hasta miedo. Debo de ser un delincuente de la leche :descompuesto, al igual que muchos fotógrafos de ahora y del pasado. A mí me encanta salir a la calle y fotografiar aquello que me llama la atención, incluido a la gente. Hay fotografías antiguas, como por ejemplo alguna por ahí que se titulaba algo así como "Salida de los obreros de una fábrica", en la que creo que el fotógrafo no se dedicaba a pedir autorización a cada uno de ellos.
Me ha creado tal angustia que creo que ya no saldré tan panchito a la calle. Yo creía que si estabas en la calle eras fotografiable. Si no es así, los famosillos, que salen en la tele un día sí y al otro también, en la puerta de su casa todos los días con varios fotógrafos apostados (y creo que sin consentimiento), se forrarían ganando querellas. Yo no lo veo claro.

Hasta donde sé, los famosos, políticos y gente conocida no están protegidos en lugares públicos. El resto y cuando es lo que no tengo claro del todo.

Pere Larrègula
20/04/09, 22:58:27
Leed mis posts... ahí lo explico

Saludos

Domonte
20/04/09, 23:14:36
Pues parece ser que el post habla sobre publicar la foto en una web particular donde se habla de un acto festivo. Yo no veo donde se expone la "venta" de la foto a un medio "informativo" tipo revista, ni periódico, ni veo donde se dice que se va a hacer un anuncio con la imagen fotografiada... Yo a esto de "prepara la billetera" me parece una actitud chulesca que, segun mi modesta opinión, sobra en estos comentarios. Me parece de menos sentido comün comentarios amenazantes hacia la practica de una aficiön plasmados en este foro que realizar nuestra propia aficiön (excluidos profesionales).

A ver, en el post inicial no se habla de retribución económica pero mi respuesta ha sido precedida de la cita de Alemonic, donde si se cita ese caso. El "prepara la billetera" es una expresión (ciertamente arrogante) perfectamente sustituible por "te voy a dar la lata de lo lindo".


Imaginemos que fotografio un monumento pequeño en una ciudad y por delante del mismo pase DOMONTE, siendo casi del mismo tamaño. Yo subo mi foto al flicker por que se la quiero enseñar a mis parientes andaluces y DOMONTE me denuncia por uso indebido de su imagen... claro, vamos a juicio y un juez dira si el es el protagonista o si lo es el monumento (por que no se distingue si a DOMONTE se le ha hecho un robado o andaba despistado por ahí)...

En este caso tienes toda la razón. Pero si Domonte sale en primer término de la imagen tiene todo el derecho a reclamar la retirada de la foto donde quiera que esta se encuentre.



No creo que la fotografia sea un crimen, o sea, creo todo lo contrario, pero por educación y ética vamos a poner unas "normas" que protejan un poco a personas "inocentes" (menores, gente que tenga algún interés en no aparecer en las fotos, gente en una actitud poco decorosa, etc) pero de ahí a que te digan que tienes que vigilar lo que fotografías hay muuuchos pasos...

Además, por que lo ponga en una ley no quiere decir que tenga ninguna lógica, como en el ejemplo que he puesto. DOMONTE se ha quedado con dinero mío por que le ha dado la gana, si un juez le da la razón. Todos conocemos casos similares.

Nuestro deber como aficionados a la fotografía nos debería impulsar a dar la información lo más exacta y justa posible para que no comentamos ninguna ilegalidad sin saberlo, pero no hace falta sacar las cosas de sïtio y crear polémica.

Por cierto, toda esta inormación es utilísima tanto para mi como para todos los compañeros, nos ayuda a conocer un poco más nuestro mundillo.

Gracias y un saludo

Insisto en que si empezamos por ser respetuosos con el uso de nuestras cámaras no harán falta ni bravuconerías, ni quejas, ni nada :OK.

Naccho
20/04/09, 23:15:22
Leed mis posts... ahí lo explico

Saludos

Casi lo entiendo, pero me parece entender que si es una foto periodística estaría permitida. ¿Pero un simple aficionado (yo) que va a un desfile de carnaval hace fotos y las sube a Flickr estaría dentro de la legalidad?

Perdona, pero yo soy un poco zoquete con las leyes.

Pere Larrègula
20/04/09, 23:46:55
Casi lo entiendo, pero me parece entender que si es una foto periodística estaría permitida. ¿Pero un simple aficionado (yo) que va a un desfile de carnaval hace fotos y las sube a Flickr estaría dentro de la legalidad?

Perdona, pero yo soy un poco zoquete con las leyes.

La ley no dice expresamente que el interés periodístico debe estar reflejado en un medio de prensa (y no dice si debe ser profesional o aficionado el que la hace), solo menciona el interés en si... así que es muy subjetivo. Pero como es un acto público y se podría decir que las personas son meramente accesorias, porque lo importante es el evento en sí y tiene interés periodístico o documental... y como además es en la vía pública tiene relevancia por sí solo.

Una cosa es lo que dice la ley y otra como se interpreta en cada caso. Lo verdaderamente importante es conocerla, porque defiende los derechos de imagen de las personas. Y otros artículos tus derechos como autor (seas o no profesional).

Vender una fotografía a un periódico no se considera uso comercial, por mucho que el editor gane dinero con el periódico (y el fotógrafo venderla - sea profesional o aficionado), es la única excepción… y se considera libertad de prensa. Se considera uso comercial cuando la imagen de las personas se utiliza en publicidad, por ejemplo.

Saludos

Naccho
20/04/09, 23:53:37
Gracias por tu lenguaje llano. No suelo hacer fotos que se reconozca a personas, pero en carnavales y procesiones lo he echo y estaba un poco temeroso.

Mikmik
21/04/09, 00:47:46
No, si, como todo, la base és el respeto. Estoy de acuerdo con Domonte, ahora al 100%

Y que quede claro (en otro post ya me lo dijeron así) que el acto ilícito es el DISPARO de una foto a una persona que NO TE HA DADO EL CONSENTIMIENTO...

Por lo demás, todos a hacer fotografías como locos, que en la pulidora falta gente!

Un saludo!

JosebaZ
21/04/09, 22:59:22
Pues si es como decís (es ilegal fotografiar o publicar imágenes de personas en la calle sin su consentimiento), ¿cómo es que en las televisiones siempre salen imágenes así?. Es decir, imágenes de ambiente, cuando salen a hacer un reportaje o cubrir una noticia y sale simplemente gente (que no tiene nada que ver con el asunto) andando por una calle. En ese caso, según la ley, si yo apareciera en esas imágenes y no he dado mi consentimiento podría demandar a la cadena de televisión. ¿O no es así? :o

alemonic
21/04/09, 23:17:43
Salvo en alguna excepción, como se menciona en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 1/82, que dice al respecto lo siguiente:

La captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
La información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.

Nota: Estas excepciones no son validas para autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato, como por ejemplo los cuerpos de seguridad del estado.

Saludos

Leete la segunda excepción. Saca una cámara en la calle e intenta seguir a alguien con la cámara (hacerlo protagonista) sin su consentimiento para sacarlo en el telediario sin tener un cargo público o alguien que viva de su imagen.

ReZn0r
21/04/09, 23:31:34
Sobre 3esto preguntñe hace unos dias en otro foro y me dieron este enlace, que está bastante interesante:

Del derecho y las normas: Guía legal (breve) para fotógrafos (http://derechoynormas.blogspot.com/2008/07/gua-legal-breve-para-fotgrafos.html)