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Ver la Versión Completa : Legal ¿Son legales los robados?



sampl3
15/07/11, 15:41:55
Hola compañer@s!

A ver, tengo una duda y es que hace un par de días me fui al centro de mi pueblo y me puse con mi copISto a hacer robados. Salieron unas fotos muy chulas, la verdad, pero una amiga me ha dicho que si publico esas fotos me pueden denunciar.

Y mi duda es, si son ilegales, ¿cómo es que hay muchas exposiciones de fotos en las cuales hay robados y demás?

Es que la verdad que estoy mirando por internet pero unos dicen que sí y otros dicen que no...

Gracias y un saludo

Baja Voluntaria 43570
15/07/11, 17:30:23
Búscate la ley orgánica 1/1982 y saldrás de dudas.

nor206
15/07/11, 17:59:32
Búscate la ley orgánica 1/1982 y saldrás de dudas.

¬¬ .... podrias haber puesto un SI o NO y quedabas mejor XDD

sampl3
15/07/11, 19:24:57
Bueno, según leo en el artículo 8.2:

"Artículo 8
1. No se reputarán, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas
o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la ley, ni cuando predomine un
interés histórico, científico o cultural relevante.
2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas
que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen
se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público."

Jaro95
15/07/11, 19:25:05
Me interesa este tema. La ley es esta:

Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1982.html)


"
Artículo Séptimo.
Tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas en el ámbito de protección delimitado por el artículo segundo de esta Ley (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1982.html#a2):

Uno. El emplazamiento en cualquier lugar de aparatos de escucha, de filmación, de dispositivos ópticos o de cualquier otro medio apto para grabar o reproducir la vida íntima de las personas.
Dos. La utilización de aparatos de escucha, dispositivos ópticos, o de cualquier otro medio para el conocimiento de la vida íntima de las personas o de manifestaciones o cartas privadas no destinadas a quien haga uso de tales medios, así como su grabación, registro o reproducción.
Tres. La divulgación de hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre, así como la revelación o publicación del contenido de cartas, memorias u otros escritos personales de carácter íntimo.
Cuatro. La revelación de datos privados de una persona o familia conocidos a través de la actividad profesional u oficial de quien los revela.
Cinco. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1982.html#a8).
Seis. La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga.
Siete. http://noticias.juridicas.com/bitmaps/balloon.gif (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1982.html#balloon4) La imputación de hechos o la manifestación de juicios de valor a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Ocho. http://noticias.juridicas.com/bitmaps/balloon.gif (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1982.html#balloon6) La utilización del delito por el condenado en sentencia penal firme para conseguir notoriedad pública u obtener provecho económico, o la divulgación de datos falsos sobre los hechos delictivos, cuando ello suponga el menoscabo de la dignidad de las víctimas.



No sé, no entiendo mucho del tema porque el lenguaje de las leyes es rebuscado de narices pero por lo que yo entiendo mientras que no se hagan las fotos en circunstancias íntimas de la persona, no debería haber problema. Pero bueno, yo ya digo que de leyes ni papa así que igual estoy equivocado y me he perdido entre tanta letra que yo soy de ciencias xDDDD

jaime135
15/07/11, 19:40:41
Cinco. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos.
Seis. La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga.

Tal como yo lo veo, el párrafo quinto del artículo septimo considera "intromisiones ilegítimas" la captación de la imagen de una persona sea donde sea salvo las excepciones que desarrolla el artículo 8.2


2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas
que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen
se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público."

No es que yo sea un experto en leyes precisamente, pero creo que queda claro que no puedes fotografiar a una persona anónima por la calle sin su consentimiento, otra cosa es que en la practica se ejerza realmente un control sobre esto, pero que sepáis que es mejor no fotografiar a un abogado por la calle, y mucho menos publicar la foto, para actuar dentro de la ley y evitar problemas, si fuéramos estrictamente legales deberíamos tener un contrato de autorización firmado con cada persona que fotografiamos, y especial cuidado hay que tener con los niños (y no te digo si es el hijo del abogado)

Baja Voluntaria 43570
15/07/11, 22:39:06
¬¬ .... podrias haber puesto un SI o NO y quedabas mejor XDDLOL

Si el compañero dice esto:

Es que la verdad que estoy mirando por internet pero unos dicen que sí y otros dicen que no... dado que no soy abogado y que mis consejos en materia legal tienen menos valor la deuda pública española en estos tiempos, prefiero recomendarle que se mire la ley porque es la única manera de acudir a una fuente fiable. Eso o ir a un abogado.

Marc32
15/07/11, 23:14:24
Pues creo que queda claro:

- si el robado es de un ciudadano común (aunque sea en la calle) y publicas la foto, si se entera te puede denunciar si no tienes su consentimiento por escrito.

Lo que pasa es que es mucha casualidad que le hagas un robado a alguien, lo pongas en Canonistas (por ejemplo) y esa persona te vea y encima te denuncie. Pero todo puede pasar ¿conoces la Ley de Murphy? Je, je.

Cuando sí te la juegas es si presentas un robado a un concurso o un medio público, ya que su alcance es mucho mayor y si la persona no la ve directamente, una tercera se lo puede decir.

marianoyana
15/07/11, 23:34:38
Me parece que solamente nos ponemos del lado del fotografo, y también habría que ponerse del lado del fotografiado, por que a mi no me gustaría verme fotografiado en ningún lado y que un día aparezca algún familiar mío en alguna página de interner o medio similar.

enricvision
16/07/11, 00:24:56
Huyyy, ya estamos con lo de siempre.

Pues, resumiendo otras veces que se ha tocado este tema: Está prohibido hacer fotos a personas particulares si son ellas las que aparecen esplicitamente. Lo que se llama "Robado" o algunos las definen como "Sociales".
Otra cosa es que pensemos que por una foto....
Otra cosa es que a mi no me guste que me hagan fotos (que lo es), pero nunca se me pasaría por la cabeza denunciar a alguien que me la haya hecho y la haya colgado sin ánimo de lucro. Si fuera así, sería rico
Lo que sí me cabrearía, y entiendo a los que les cabrea, es que yo o esos familiares que decís esté haciendo algo ilegal, en mi caso y en mi familia es impensable.

Otra cosa que me alucina y me encanta, son las imágenes tan implicitas como encuadrar dos chicas, que están enseñando los pechos en la playa. Mucho me temo que les han pedido permiso, les han soltado la gaita y han firmado el permiso (e incluso sin soltar guita, digo gaita), el aparecer desnudas por la tele tiene cierto encanto* en ciertas personas, pero como les hagas una foto, has palmao

Una vez dejé caer que que pasaba con los roba... "Sociales" que aparecían por el Foro, pero a)no me leyeron, b)se hicieron el longuis, c)no saben no responden.

Salu2

(*he dicho "encanto" por no decir 'morbo' o algo más fuerte)

mescobar00
16/07/11, 00:48:35
Interesante pregunta. no se puede poublicar ua fotografia reconocible de alguien sin su permiso escrito.

OscarG
16/07/11, 15:52:40
No solo no es legal publicarlas, es que ni siquiera hacerlas lo es, salvo excepciones muy contadas.

Breve guía legal para fotógrafos | Luces y fotos (http://lucesyfotos.es/blog/104/breve-guia-legal-para-fotografos)


.

Flestegas
18/07/11, 11:58:59
Este sábado hice fotos de la procesión de la Virgen del Carmen, había mas de mil personas presenciando los actos y en mis fotos salen un montón de ellas en primer plano ¿quiere decir la norma que no se puede hacer esa fotografía?.
En el diario de ayer salen unas cuantas fotos similares a las que hice yo y en la portada, que yo sepa no se pidió permiso a nadie para publicarlas, incluso hay niños de por medio.
Yo la verdad es que hay leyes que no acabo de entender, creo que nos estamos amaric...ando o es que lo que buscamos es una buena oportunidad para sacar cuatro perras si se da el caso.
Por otro lado, muchas veces me apetecería hacer una serie de fotos en la playa, tengo un montón de ellas y todas hechas en invierno porque meterte ahora en la playa con un 18-200, lo menos que la gente piensa es que eres un pervertido y que lo que vas a buscar son pechos desnudos.
Al final de todo esto yo me sigo quedando con la duda que se plantea en este post y la cambiaría ligeramente: ¿Son ilegales los robados?.
Saludos

Marc32
18/07/11, 12:11:31
Por otro lado, muchas veces me apetecería hacer una serie de fotos en la playa, tengo un montón de ellas y todas hechas en invierno porque meterte ahora en la playa con un 18-200, lo menos que la gente piensa es que eres un pervertido y que lo que vas a buscar son pechos desnudos.


Pues yo sinceramente, tengo dos crios (4 y 7 años) y cuando los llevo a la playa o piscina me llevo el 70-200 L que canta como una almeja y no me corto. Y si alguien se molesta que llame a la policia, es lo único que me faltaba.

Lo que no hago es hacerle fotos a otros niños ni por accidente, eso lo vigilo mucho.

jfazer
18/07/11, 12:21:04
Interesante lo que pone en el enlace que ha puesto el compañero:

"En general no puede fotografiarse a nadie sin su consentimiento expreso, pero este puede ser simplemente una mirada a la cámara, pues de ese modo se sabe que es consciente de estar siendo fotografiado."

Vamos, que hay que intentar que sea un "robado pillado", y solucionado...

Saludos...

jaime135
18/07/11, 12:22:14
Pues yo sinceramente, tengo dos crios (4 y 7 años) y cuando los llevo a la playa o piscina me llevo el 70-200 L que canta como una almeja y no me corto. Y si alguien se molesta que llame a la policia, es lo único que me faltaba.

Lo que no hago es hacerle fotos a otros niños ni por accidente, eso lo vigilo mucho.

Es que de momento llevar un teleobjetivo a la playa es completamente legal, y si vas con tus hijos no eres para nada sospechoso a los ojos de los demás bañistas, podrías tener más problemas si te paseas solo por la playa haciendo fotos con tu 200, al final es como llevar fuego, está permitido llevar un mechero en el bolsillo, pegarle fuego a lo primero que se te ocurre es posible que no esté permitido.

OscarG
18/07/11, 13:35:49
En el diario de ayer salen unas cuantas fotos similares a las que hice yo y en la portada, que yo sepa no se pidió permiso a nadie para publicarlas


Ojo, no confundamos las fotos publicadas en prensa, amparadas por el derecho a la información, con las hechas por un partícular, al que dicho derecho no le ampara en ningún momento. Sólo si eres un periodista acreditado y trabajando puedes hacer valer ese derecho. Y hay sentencias al respecto.



Al final de todo esto yo me sigo quedando con la duda que se plantea en este post y la cambiaría ligeramente: ¿Son ilegales los robados?.

Pues de verdad, no se donde está la duda. En este caso la Ley es muy clara, y se ha citado varias veces aqui los artículos concretos. Otra cosa es que digas que no entiendes o no compartes los motivos, o cuando una imagen es accesoria y cuando principal, pero sobre si un robado es o no es legal, creo que es una ley que lo deja bastante claro.

Es más, cuando los llamamos robados, es por algo...

corros
18/07/11, 14:02:19
Ojo, no confundamos las fotos publicadas en prensa, amparadas por el derecho a la información, con las hechas por un partícular, al que dicho derecho no le ampara en ningún momento. Sólo si eres un periodista acreditado y trabajando puedes hacer valer ese derecho. Y hay sentencias al respecto.


Pues de verdad, no se donde está la duda. En este caso la Ley es muy clara, y se ha citado varias veces aqui los artículos concretos. Otra cosa es que digas que no entiendes o no compartes los motivos, o cuando una imagen es accesoria y cuando principal, pero sobre si un robado es o no es legal, creo que es una ley que lo deja bastante claro.

Es más, cuando los llamamos robados, es por algo...

Ahí le has dado, robar es un delito, entonces un robado también (salvo las excepciones perodísticas). Si fuera legal ¿por qué te ocultas?.

Saludotes.

Flestegas
18/07/11, 23:32:04
Ahí le has dado, robar es un delito, entonces un robado también (salvo las excepciones perodísticas). Si fuera legal ¿por qué te ocultas?.

Hombre, yo de verdad que siempre pensé que lo de "robado" era una metáfora utilizada en el argot fotográfico, y lo que si tengo claro es que yo si hago una foto en la calle donde hay gente pues como que no me oculto, sin embargo y como dije antes en la playa en verano no me atrevo a fotografiar ni a las rocas, bueno esta tarde hice unas cuantas fotos ya que no había prácticamente nadie por el mal tiempo que tenemos y el temporal en el mar, había surferos y mas gente fotografiando.
Saludos a todos y seguir siendo buenos.

David Bokeh
02/06/14, 15:34:13
Siento reabrir un tema de 2011 pero es por si la legislación hubiese cambiado.

¿Siegue estando prohibido publicar un robado aunque sea en el flickr?

casandra74
02/06/14, 15:45:12
No ha cambiado. No se pueden tomar fotos de nadie... No ya publicarlas, es que está prohibido hacerlas.

Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

CAPÍTULO II

DE LA PROTECCIÓN CIVIL DEL HONOR, DE LA INTIMIDAD Y DE LA PROPIA IMAGEN

Artículo 7

Tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas en el ámbito de protección delimitado por el artículo 2 de esta ley:

5. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo 8.2.

La excepción:

Artículo 8

2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:

a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
b) La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.
Las excepciones contempladas en los párrafos a) y b) no serán de aplicación respecto de las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de la persona que las ejerza.

David Bokeh
02/06/14, 15:52:54
Muchas gracias por tu respuesta casandra74.

Lo tendré en cuenta aunque es una lástima ya que así se captan instantes auténticos y naturales. Por otro lado puedo entender que haya a quien no le guste encontrarse una foto suya por internet.

Un saludo.

enricvision
02/06/14, 21:00:22
El de casandra74. Uno de los mejores resumenes sobre este tema tan tocado. Resumidito y muy clarito http://cdn.canonistas.com/images/smilies/icon14.gif.
Sí es una pena que existan estas leyes. Apostaría que se crearon para proteger a los artistones de pacotilla cuando pillaron a una de esas "liada" en un coche con el mariano de turno.

Y no, no es que esté prohibido (en esos casos) solo publicarlas, lo que está prohibido es hacerlas, registarlas, apretar el botón, etc.

Yo no voto a los que mantienen actual esa absurda ley.

Salu2

(otro tema es que hagamos oídos sordos y como que no nos enteramos)

David Bokeh
09/06/14, 17:41:00
Bueno creo que yo voy a seguir haciendo robados y si me piden que borre la foto lo haré encantado eso sí a partir de ahora una vez que la haga trataré de hablar con el retratado. Y con esto me surge la duda de donde poner una foto de un retrato robado. Dentro de la pulidora en retratos? en social? otras?...

Un saludo.