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Ver la Versión Completa : Derechos de autor



Apunto
12/05/08, 23:02:48
Hola, estoy pensando en colgar algunas fotos en internet y tengo algunas dudas sobre los derechos de autor.

Aquí van: ¿dónde tengo que especificar los derechos de autor?, ¿en los datos de la propia foto?, ¿es suficiente con poner el logo de copyright o de Creative Commons?,¿si no pongo nada se sobreentiende alguna opción?

Perdón por la batería de preguntas.:wink:

Pedro Luis García Müller
15/05/08, 05:23:56
Una buena pregunta que me interesa a mi también.
Vamos a subirla a ver si alguien nos responde.
Un saludo :) :OK

Apunto
15/05/08, 08:59:47
Ya estaba pesando que era un tipo raro que le interesaban cosas raras:-)... alguna que otra visita pero ninguna respuesta :hechocaldo ... por lo menos ya no estoy solo en el mundo :wink:

rupert
15/05/08, 10:21:30
Realmente este tema nos interesa a todos.

Aunque no sé si me estoy saliendo un poco de lo que preguntas, siempre es bueno leerse lo siguiente, http://www.wipo.int/about-ip/es/

En la enciclopedia libre "Wikipedia" puedes leer lo siguiente:

Derechos de autor
El derecho de autor (http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autor) considera a las imágenes fotográficas a los fines de tutelar las imágenes de personas o de aspectos, elementos o hechos de la vida natural o social obtenidas mediante el empleo de un procedimiento fotográfico o proceso análogo.
Todos los autores sean profesionales o no, tienen, por el solo hecho de haber hecho su obra, en exclusiva una serie de derechos de carácter económico y moral sobre ésta.
Los derechos morales definen el respeto de su autoría sobre la obra y por tanto el deber de hacer constar siempre su nombre, y el derecho que no se modifique la obra sin su consentimiento. Los derechos morales son irrenunciables e inalienables. Por tanto han de ser siempre respetados y no tiene valor la renuncia.
Corresponde al fotógrafo, salvo en algunas cuestiones relativas a los retratos fotográficos, el derecho exclusivo de reproducción, difusión y venta. Sin embargo, si la obra ha sido obtenida en el marco de contrato de arrendamiento de servicios (http://es.wikipedia.org/wiki/Contrato_de_arrendamiento) o de trabajo, y bajo expreso consentimiento del autor, el derecho de reproducción, difusión y venta puede corresponder al responsable del encargo contractual, mientras que los derechos de autoría son irrenunciables. La duración de los derechos sobre la fotografía viene determinada por el acuerdo legal entre el autor y el responsable del encargo contractual.
El Derecho también protege la privacidad del sujeto fotográfico. De hecho, está permitida la difusión de fotografías sin el permiso del sujeto sólo en los casos de personajes públicos, entendidos como personas que, por trabajo o cargo público, resultan de notoriedad pública. En el resto de los supuestos, el fotógrafo titular de la obra debe obtener el permiso del sujeto a la publicación y exposición pública. En caso de hacerlo sin permiso del sujeto fotografiado, este tiene derecho a denunciar al fotógrafo.

Saludos.

Apunto
15/05/08, 13:43:23
Realmente este tema nos interesa a todos.

Aunque no sé si me estoy saliendo un poco de lo que preguntas, siempre es bueno leerse lo siguiente, http://www.wipo.int/about-ip/es/

En la enciclopedia libre "Wikipedia" puedes leer lo siguiente:

Derechos de autor
El derecho de autor (http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autor) considera a las imágenes fotográficas a los fines de tutelar las imágenes de personas o de aspectos, elementos o hechos de la vida natural o social obtenidas mediante el empleo de un procedimiento fotográfico o proceso análogo.
Todos los autores sean profesionales o no, tienen, por el solo hecho de haber hecho su obra, en exclusiva una serie de derechos de carácter económico y moral sobre ésta.
Los derechos morales definen el respeto de su autoría sobre la obra y por tanto el deber de hacer constar siempre su nombre, y el derecho que no se modifique la obra sin su consentimiento. Los derechos morales son irrenunciables e inalienables. Por tanto han de ser siempre respetados y no tiene valor la renuncia.
Corresponde al fotógrafo, salvo en algunas cuestiones relativas a los retratos fotográficos, el derecho exclusivo de reproducción, difusión y venta. Sin embargo, si la obra ha sido obtenida en el marco de contrato de arrendamiento de servicios (http://es.wikipedia.org/wiki/Contrato_de_arrendamiento) o de trabajo, y bajo expreso consentimiento del autor, el derecho de reproducción, difusión y venta puede corresponder al responsable del encargo contractual, mientras que los derechos de autoría son irrenunciables. La duración de los derechos sobre la fotografía viene determinada por el acuerdo legal entre el autor y el responsable del encargo contractual.
El Derecho también protege la privacidad del sujeto fotográfico. De hecho, está permitida la difusión de fotografías sin el permiso del sujeto sólo en los casos de personajes públicos, entendidos como personas que, por trabajo o cargo público, resultan de notoriedad pública. En el resto de los supuestos, el fotógrafo titular de la obra debe obtener el permiso del sujeto a la publicación y exposición pública. En caso de hacerlo sin permiso del sujeto fotografiado, este tiene derecho a denunciar al fotógrafo.

Saludos.

Yo creo que más o menos todo el mundo tiene claro que el que dispara la foto es el autor, pero dado el caso en que algún día tengamos que acreditarlo creo que será mejor tener los deberes hechos... a esto me refiero ... ¿es conveniente anticiparse a los problemas y poner el logo del copyright?, ¿es suficiente con que tus datos esté en los datos IPTC de la foto?... :OK

lisette
29/11/10, 02:48:16
Hola,
Estoy empezando a trabajar como fotógrafa de bodas. Y tengo una duda que me trae de cabeza: puedo utilizar para mi web fotos de una boda realizada por mí en la que no salen personas (porque para eso me imagino que sí necesitas el consentimiento de los retratados) me refiero a detalles como una corbata, un ramo, el coche etc.. El caso es que yo pensé que para ese tipo de fotos no era necesario ninguna autoriación, pero por si acaso pregunté a una pareja y me dijo que no me daban permiso para utilizar ninguna de las fotos de su boda para mi web. Me he quedado bastante mal, puesto que no he hecho tantas bodas todavía y no tengo mucho material, además esas son fotos que me gustan especialmente (precisamente porque son detalles que podrían ser de cualquien boda)
Mi pregunta es si necesito o no autorización de los novios para publicar fotos de una boda realizadas por mi en las que no aparecen personas.
Muchísimas gracias a quien pueda ayudarme!