"Se reconoce un plazo de dos años, a partir del momento de compra para que el consumidor pueda hacer efectivos estos derechos (en el caso de bienes de segunda mano se podrá pactar un plazo menor no inferior a un año) "
ahí te dejo la ley de garantías, échale un ojo, el artículo 6 también te será interesante.
Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo
si que te digo que no estoy
seguro que sea la ley vigente ahora mismo, pero por lo que he leido hasta 2003 eran 6 meses y a partir de 2003 pasó a ser un año la garantía de segunda mano, y ahí ya pone un año. aún así infórmate que sí te la mandó así tiene las de perder el vendedor. un saludo!
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