Interesante tema, lo seguiré de cerca.
Estupendo, no teníamos nada y ya tenemos alguna posibilidad...
Hombre, parece difícil que se empieze a rascar el bosillo contratando a Perry Mason cuando robó la foto para ahorrarse dinero. Por muy bueno que sea el abogado que contrate, los hechos son los que son, y el Juez está vinculado a dictar sentencia en base a ellos. Si están solidamente probados no hay margen de maniobra posible.
Hombre, un acta notarial es un documento público, es decir, "la prueba" por autonomasia. A mí me ha servido perfectamente cuando la he utilizado ( capturas de pantalla ), recogiendo la sentencia como hecho probado lo que el notario había recogido en el acta.
Yo tampoco. Aquí sólo analizamos y aportamos opiniones de si se puede hacer algo contra el robo de fotografías y de cómo hacerlo de una manera fácil y rentable para el perjudicado.
Factura?... y donde está el contrato del servicio?.... qué relación comercial existe entre el fotógrafo y quien le ha robado la foto? ... creo recordar que aquí hablamos de una utilización o explotación indebida y sin autorización de una foto y de como conseguir un resarcimiento o indemnización como autores de la misma. El proceso monitorio es para el pago de deudas dinerarias de cualquier importe, siempre que sean líquidas, determinadas, vencidas, exigibles y acreditables...
Como regla general, el escrito de demanda debe presentarse en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio de la persona demandada.
Todo dependerá de la cantidad que se reclame. El Perito no tiene porqué desplazarse, lo recomendable es que sea un profesional de la misma localidad. También hay argucias legales para esto, como ceder los derechos de la imagen a otro compañero de esa localidad, para que sea él quien lo reclame. Todo es organizarse.
Nada especial, seguir con su estrategia, porque es buena. Al ser un procedimiento en el que no es preceptiva la intervención de abogado y procurador la empresa tendrá que pagar a esos profesionales, posiblemente la supondrá unos gastos mínimos de 600 euros, más lo que la cueste el perito para "tratar" de rebatir tu demoledor informe pericial.... Quizá la interese negociar cuando vea la demanda y el informe pericial y haga cuentas de lo que la va a salir la broma, sabiendo además que la foto es robada y que, si pierde, tal vez pueda salir en la prensa, porque... ¿Qué opinarán entonces sus clientes...?... ¿afectará este hecho a su reputación comercial..?
Hazlas, y trataremos de darlas respuesta.
Creo que para eso, entre otras cosas, ha abierto el hilo Santi, para debatir y poner los pros y contras encima de la mesa. Tu haces de abogado del diablo, lo que es genial, ya que no te falta razón en algunas cosas que dices. Desde luego que las cosas son complicadas, pero quizá no tanto como parecen. No olvides que si el legislador, superando las presiones corporativas de los colegios de abogados y procuradores, ha establecido la posibilidad de comparecer en juicio sin abogado y procurador en determinados supuestos, es porque entiende que es necesario arbitrar un procedimiento de esta naturaleza para hacer justicia ante determinadas reclamaciones y también porque entiende que el procedimiento está al alcance de un ciudadano medio. Te dejo aquí un enlace al folleto informativo del CGPJ.
Claro que es discutible. Para eso está el informe pericial, rntre otras cosas de las que ya hemos hablado, para acreditar el valor de la indemnización que se pide, fijando unas bases sólidas. Supongo que al Juez le parecerá un argumento gracioso que pudiendo comprar una foto por 50 euros en Getty, como dices, te la acaben robando a tí. Por otro lado, si tu pides 1000 y la empresa dice que vale 300.. ¿crees que pagará 600 como mínimo para contratar a ese abogado experto y a un procurador para que reconozcan que vale 300? o por el contrario crees que accederá a la negociación y te pagará directamente 600 para dar carpetazo al asunto. Por otro lado, a la hora de analizar beneficios, date cuenta que tu puedes haber negociado antes con el Perito una retribución inferior si hay acuerdo y no se llega a juicio, en cuyo caso no tendrá que asistir.
Al no ser preceptiva la intervención de abogado y procurador no hay costas. Cada cual se paga lo suyo. Tu no pagas abogado porque te representas a tí mismo. La empresa que te robó la foto, de entrada, estará desconcertada al recibir una demanda que no espera y tendrá que decidir que hace. Ese es el momento de negociar. Tampoco hay tasas judiciales. El juez tiene que establecer en la sentencia la indemnización que estime justa, a la vista de las pruebas presentadas. Por eso el informe pericial es muy importante. En el caso de la foto de la mariposa lo estableció en 1200 euros, sin tratarse de "obra fotográfica". Raro es que se fijara esta cantidad pudiendo utilizar tu argumento de Getty y sentenciar una indemnización de 50 euros. Si lo robado hubiera sido "obra fotográfica" la indemnización sería muy superior a esos 2000 euros, pero no puede reclamarse por este procedimiento, limitado a 2000.
Si te han robado muchas fotos quizá te interese dejar de hacer tantas y empezar a aprender a reclamar y negociar. En unas cubriras gastos y en otras tendrás beneficios.
Defender tu trabajo artístico e intelectual, utilizando inteligentemente los medios que pone a tu disposición el estado de derecho, no creo que se pueda denominar una batalla quijotesca.
La sentencia que he puesto de ejemplo es para tener una pequeña orientación de la indemnización que se ha obtenido en un caso real y concreto, por la publicación de una fotografía sin autorización en una revista. El farragoso procedimiento que siguió el fotógrafo de la sentencia citada no es el que aquí debatimos. De hecho, contra la sentencia que se dicte en nuestro procedimiento de juicio verbal no cabe recurso, es decir, es firme.
Yo creo que sí, aunque pocos lo intentan, quizá por desconocimiento o miedo al fracaso.
EL CGPJ tiene en su web un modelo de demanda para juicio verbal en pdf, aunque es de risa y yo no lo utilizaría. Debe de hacerse una demanda en toda regla y tener bien esquematizado todo el procedimiento antes de acudir a juicio, sabiendo bien lo que hay que hacer en cada momento, para que no haya sorpresas si aparece Perry Mason.
Totalmente de acuerdo compañero. Analicemos y exploremos todos esos factores.
Podemos seguir debatiendo el tema jurídico enriqueciendo el hilo, que está bien hacerlo, pero me gustaría que también abordaramos otro aspecto muy importante e interesante del problema, que es cómo demostrar de un modo científico y de manera indubitable que la foto robada es tuya y también qué pueden hacer los ladrones para evitar que se pueda demostrar.
Un saludo.
Tambien obligarles a mencionarte como autor.
La foto estaba firmada??
Conviene que dejemos firmadas siempre las fotos.
También lo que están haciendo arquitetos, empresas de iluminacion, etc es guardarse un derecho mercantil diciendo que no se pueden grabar imágenes.
Llegado a juicio estaríamos ante una ley que ampara al fotógrafo y otra que puede amparar a la empresas con los derechos, habría que ver que determina el juez
Bien explicado está en You Tube Un año de fotografía numero 38 aspectos legales. Hay se aclaran conceptos y no es tan fácil.
Muy buenas,
Como he dicho, creo que en este joven hilo se ha aportado información interesantísima sobre el tema que nos ocupa. Unos a favor de la denuncia y otros en contra, pero siempre aplicando una lógica muy respetable. Y eso es de agradecer por que así le damos al coco un rato y que cada uno saque sus propias conclusiones.
De verdad, gracias.
Pero vamos a seguir con el tema atendiendo a los participantes y continuando la labor de denuncia virtual que me he propuesto. Por que digo yo que señalar públicamente a quien está haciendo mal uso de nuestras fotos no solo es lícito sino también apropiado. Y en eso estamos.
Hola, anluca1.
Gracias por participar en este hilo.
Verás, firmar mis fotos es algo que hace años que aplico. He cambiado de firma varias veces. He sido incluso "regañado" por ponerla o por que fuera demasiado "visible" y estorbara para poder apreciar la foto en toda su magnitud. Algunas veces la he tenido que poner en lugares que sean un auténtico estorbo, por que de lo contrario te las borran o hacen un reencuadre de la foto dejando la firma fuera de ella.
Sea como sea me niego rotundamente a dejar de subir fotos a la red. De hecho, solo las subo a canonistas la mayoría de ellas y algunas, muy pocas, a Flickr. Hubo un tiempo que usé otros lugares web como 500px pero al final opté por borrarlas todas de ese lugar. Una pena.
La siguiente foto ha sido utilizada en un buen montón de medios con total impunidad. Empecé poniendo la firma en un rinconcito para que no estorbara. En vista del "exito" que tuvo, opté por colocarlo en lugar menos apropiado para su visualización pero más seguro a la hora de querer utilizarla:
Y a continuación algunos de los lugares en los que apareció dicha foto:
En este caso, fueron un paso más allá permitiéndose la libertad de modificarla a gusto del diseñador. No se anduvieron con chiquitas:
En fin, ya sabéis de qué va esto.
Saludos.
Claro, pero es que hay un problema que se solapa y es al tratarse de una fotografía de una persona, en la que si no existe un contrato que lo especifique, ni el autor podría hacer uso de la imagen sin consentimiento de la persona,ni la persona podría hacerlo sin el consentimiento.
del autor.
Por supuesto que se tiene derecho a que ducha persona no haga uso de tu foto y te reconozca como autor. Eso es lo que entiendo yo.
Yo las fotos en las que aparecen personas las he bloqueado para evitar problemas.
No se lo veo un tema que está un poco obsoleto y a diferentes interpretaciones.
Y digo es mi forma de entender, por supuesto que no digo que yo tenga la razón
Lo cierto que organizándose y haciendo fuerza común entre muchas personas las cosas siempre son mas fáciles. Por lo que aplaudo la idea de luchar contra este tipo de cosas, que no dejan de ser un aprovechamiento de lo ajeno.
Saludos
En este ultimo ejemplo, efectivamente, se trata de la foto de una persona pero no siempre es así. Es más, esta vez se trata casi de una excepción. Los ejemplos iniciales de este hilo no hacen referencia a personas pero el problema es el mismo. Esa foto es mía y no debería usarse sin mi expresa autorización. Y mucho menos si hay fines lucrativos con ello, como son los casos que aquí denuncio.
Sería estupendo que existiera algún tipo de, llamémosle asociación, federación, club o cualquier otra entidad, que fuera punto de encuentro de muchos fotógrafos con este mismo problema y que pudieran beneficiarse de una defensa jurídica a través del pago de una cuota determinada. Es un tema con el que siempre he soñado y no he encontrado hasta la fecha. Pero no descansaremos hasta conseguirlo .
Saludos.
Interesante tema, pero como acaba finalmente, hay demanda, hay acuerdos ......
Bueno, eso depende de muchos factores. Como se suele decir, unas veces se gana y otras se pierde.
Lo cierto es que no resulta fácil recibir una compensación, pero al menos en este hilo se explica alguna manera de intentarlo. De eso se trataba.
Saludos.
Este enlace muestra una fotografia mia y esta persona ya ha hecho publicacion en dos medios? Mas a la vez lo utiliza para un cartel politico
No quiere retirarla,pero si
Me ayudais en este enlace le podemos dejar algun comentario al respecto Gracias
http://www.arroyoaldia.es/2014/12/24...la-encomienda/
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