Es que si nos ponemos serios muchos deberian estar a punto de pisar la carcel porque los delitos....coño son delitos....y sacar gente sin permiso y lugares esta penado
El#artículo 18#de nuestra Constitución regula el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Y lo configura como un#derecho personalísimo#que faculta a su titular a impedir la obtención, reproducción o publicación de la propia imagen por parte de un tercero no autorizado, independientemente del fin perseguido por quien la capta o difunde (informativa, comercial, científica, cultural, etc.).
En el#nuevo Reglamento de Protección de Datos#se considera la imagen y la voz como un dato de carácter personal y sujeto, por tanto, a protección. Para poder tratar cualquier dato personal se exige un#consentimiento expreso#por parte de su titular, por lo que, para tratar (publicar) las fotografías o vídeos de una persona, necesitamos su consentimiento.
Y la ley es la ley y dice lo que dice....luego las excusas como es que no es para lucro,esque no se que...y te cascan....porque el desconocerla no da motivo a que no te sancionen.
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