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Tema: RGPD y fotografía a personas / callejera para uso personal

  1. #25

    Predeterminado



    Cita Iniciado por Nividhia Ver Mensaje
    ¿Que nueva ley?
    Perdón por no concretar. Me refería RGPD frente al anterior LOPD



    Cita Iniciado por Salvo Ver Mensaje
    Imagino que estás hablando desde España, así que te pregunto lo mismo ¿qué nueva ley?

    ¿Cómo que si se pueden seguir sacando sin requisito? ¿Cuándo se ha podido hacer eso?

    Si no tienes la autorización de la persona fotografiada, da lo mismo el uso que hagas con la foto, es ilegal.
    Me refería RGPD frente al anterior LOPD

    Con la LOPD viguente NO ere ilegal sacar fotografías en la vía publica bajo varios supuestos.
    Eso lo tenía claro en su día. Pero con el nuevo marco legal desconozco si ha habiado cambios al respecto, y eso es lo que pregunto.


    Cita Iniciado por Salvo Ver Mensaje
    Imagino que estás hablando desde España, así que te pregunto lo mismo ¿qué nueva ley?

    ¿Cómo que si se pueden seguir sacando sin requisito? ¿Cuándo se ha podido hacer eso?

    Si no tienes la autorización de la persona fotografiada, da lo mismo el uso que hagas con la foto, es ilegal.
    Mi "point" es que antes, si alguien quería impedir que yo sacase según que fotos, en según qué circunstancias y para ciertos usos, eso es un matiz muy importante, es decir sólo para mi uso en ámbito privado, pues por muy tercos que se quisiesen poner no podían impedir nada ya que no era ilegal. Y si denunciaban no prosperaría. Hoy en día... yo me huelo que no es así, pero quería confirmación.

    Otra cosa es si alguien me protesta si borro o nno borro la foto etc etc, no es el topic la discusión ética sobre el particular.



    Cita Iniciado por Salvo Ver Mensaje
    Imagino que estás hablando desde España, así que te pregunto lo mismo ¿qué nueva ley?

    ¿Cómo que si se pueden seguir sacando sin requisito? ¿Cuándo se ha podido hacer eso?

    Si no tienes la autorización de la persona fotografiada, da lo mismo el uso que hagas con la foto, es ilegal.
    Cita Iniciado por Salvo Ver Mensaje
    No me contradigo. Según la ley, si no tienes la autorización de esas personas las estás fotografiando sin permiso y eso es ilegal. .....
    ¿Eso es así en TODAS las casuisticas?

    A ver, un ejemplo, sabemos que una cámara de seguridad "no puede grabar la vía pública" pero resulta que la misma ley que dice eso dice también que sí se puede en caso de bla bla bla y si tal tal tal. Desgraciadamente la normativa en todo suele ser muy extensa y hay que conocerla en toda su extensión tanto a "largo" como a lo "hondo" para opinar con fundamento.





    Gracias a todos por opinar.

  2. #26
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    A los expertisimos en legalidades (que por aquí corren un montón):

    Esperando algo en concreto y CONTRASTADO (dejando a un lado lo que a cada un@ le rote, que a mi me la resopla), tanto con la RGPD como con la anterior LOPD. La 1ª sustituye o se añade a la 2ª?
    La Protección de Datos se refiere también al careto?

    Y ya que estamos: Que hay sobre la Protección de fotografiar la matricula de un vehículo?. Los vehículos tienen "Derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen"?

    Salu2 y hay que ver lo que sabéis de leyes!!(pero poco de cuando un energúmeno sale con un bate)
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  3. #27
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    Predeterminado

    A mí me parece absurdo que se pretenda resucitar un texto legal de 1982, que versa sobre el concepto de "Protección del Honor" para acabar declarando hilos enteros de este foro como "ilegales" (sic), por no hablar de las Fotos de la Semana de retratos de vete a saber quien.

    Mezclar churas con merinas, da lana de la mala.

    Pero, para los leguleyos, leamos el Preámbulo de dicha Ley:

    "En el artículo segundo se regula el ámbito de protección de los derechos a que se refiere. Además de la delimitación que pueda resultar de las leyes, se estima razonable admitir que en lo no previsto por ellas la esfera del honor, de la intimidad personal y familiar y del uso de la imagen esté determinada de manera decisiva por las ideas que prevalezcan en cada momento en la Sociedad y por el propio concepto que cada persona según sus actos propios mantenga al respecto y determine sus pautas de comportamiento. De esta forma la cuestión se resuelve en la ley en términos que permiten al juzgador la prudente determinación de la esfera de protección en función de datos variables según los tiempos y las personas."



    Es evidente que tras 37 años de ser promulgada y la práctica extinción de la prensa de papel, las "ideas" en 2019 son otras.
    "Verás, los hombres se dividen en dos categorías: Los que tienen el revólver cargado y los que cavan. Tú cavas." (Clint Eastwood. El bueno, el feo y el malo, 1966)



  4. #28

    Predeterminado

    Yo por si acaso, solo cuelgo fotos de mis archivos. Como minimo de hace 20 años. Con esto de internet, la gente se ha vuelto muy tonta.
    En el siglo pasado, me ha ocurrido que alguien en plena calle se me queje por que a el no le habia tomado una foto..

  5. #29

    Predeterminado

    Para ilustrar mi comentario previo:
    Este es uno de ellos, se enfadó porque no le tomaba fotos a el, Eran otros tiempos..

  6. #30
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    Cita Iniciado por enricvision Ver Mensaje
    A los expertisimos en legalidades (que por aquí corren un montón):

    Esperando algo en concreto y CONTRASTADO (dejando a un lado lo que a cada un@ le rote, que a mi me la resopla), tanto con la RGPD como con la anterior LOPD. La 1ª sustituye o se añade a la 2ª?
    Sustituye. Pero por lo que sé, el RGPD incluye la LOPD.

    La Protección de Datos se refiere también al careto?
    Sí. Se considera dato personal.

    Y ya que estamos: Que hay sobre la Protección de fotografiar la matricula de un vehículo?. Los vehículos tienen "Derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen"?
    No tiene imagen, por supuesto. Pero como es un dato personal que puede identificar a la persona, está protegido. Lo mismo que un nombre o un DNI.

    Y no hay que confundir la protección de datos con el derecho a la propia imagen. Son cosas distintas.

    Salu2 y hay que ver lo que sabéis de leyes!!(pero poco de cuando un energúmeno sale con un bate)
    Yo se mucho. Sacas el código penal, se lo tiras a la cabeza y sales corriendo


    Cita Iniciado por Quinú Ver Mensaje
    A mí me parece absurdo que se pretenda resucitar un texto legal de 1982, que versa sobre el concepto de "Protección del Honor" para acabar declarando hilos enteros de este foro como "ilegales" (sic), por no hablar de las Fotos de la Semana de retratos de vete a saber quien.

    Mezclar churas con merinas, da lana de la mala.


    Pero, para los leguleyos, leamos el Preámbulo de dicha Ley:

    "En el artículo segundo se regula el ámbito de protección de los derechos a que se refiere. Además de la delimitación que pueda resultar de las leyes, se estima razonable admitir que en lo no previsto por ellas la esfera del honor, de la intimidad personal y familiar y del uso de la imagen esté determinada de manera decisiva por las ideas que prevalezcan en cada momento en la Sociedad y por el propio concepto que cada persona según sus actos propios mantenga al respecto y determine sus pautas de comportamiento. De esta forma la cuestión se resuelve en la ley en términos que permiten al juzgador la prudente determinación de la esfera de protección en función de datos variables según los tiempos y las personas."



    Es evidente que tras 37 años de ser promulgada y la práctica extinción de la prensa de papel, las "ideas" en 2019 son otras.
    La ley habla de la protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Me parece bastante específico y aplicable.

    Y si no hay ninguna posterior, sigue siendo válida. Hasta hace no mucho teníamos un código penal con un 50 años de antigüedad. Y no pasaba nada. Que te guste o no no figura dentro del cuerpo legal. Tú puedes pensar que a cualquiera le asiste el derecho de grabar por la calle a quien quiera sin pedirle permiso. Yo pienso lo contrario. No creo que haya un consenso social que diga que el derecho a la propia imagen no exista, como pareces decir. Más bien veo lo contrario. Y la RGPD va por ese sentido, con penas bastante serias.

    Sobre la legalidad o no de una foto concreta, no me voy a meter. Sobre todo porque la diferencia estaría en pedir o no consentimiento. Yo soy de los que piensa que hacer fotos a la gente sin permiso no es correcto, y mucho menos publicarlas después. Pero si no sé si se ha pedido o no permiso, por defecto siempre pienso que la foto es legal, y se tiene el consentimiento de la persona, ya sea antes o después de tomar la foto.

    Por supuesto si la persona pasa por ahí, o no es reconocible no es aplicable. Y si es noticia tampoco.

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  7. #31
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    Ahora voy a decir una chorrada. Yo solo hago fotografía callejera, miro mucha fotografía callejera de otros, muchísima y si paseando por la calle me pasara por al lado alguno de los protas de alguna de las muchísimas fotos que veo, no me daría cuenta. Incluyendo las mías.
    érase una vez El Hombre

  8. #32
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    La ley, leer el preámbulo, habla de protección al honor y a la propia imagen. La ley que trataba de cortar las alas a la gente en pleno desmadre de la transición, sin instrumentos tras haber abolido la censura.
    Derecho al honor... De quién, de los yonquis que fotografiaba Alberto García-Alix?
    O de otros...

    No, si lo que veo es que avanzamos hacia atrás. AFAL tenía más libertad para hacer fotos...
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  9. #33

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    Cita Iniciado por josep violant Ver Mensaje
    Ahora voy a decir una chorrada. Yo solo hago fotografía callejera, miro mucha fotografía callejera de otros, muchísima y si paseando por la calle me pasara por al lado alguno de los protas de alguna de las muchísimas fotos que veo, no me daría cuenta. Incluyendo las mías.
    No es ninguna chorrada, es possible que ellos mismos (los protas) tampoco se reconozacan en las fotos. En caso de juicio, hay que probar que es la persona de la foto y eso es mas complicado de lo que parece.

  10. #34
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    Cita Iniciado por Quinú Ver Mensaje
    La ley, leer el preámbulo, habla de protección al honor y a la propia imagen. La ley que trataba de cortar las alas a la gente en pleno desmadre de la transición, sin instrumentos tras haber abolido la censura.
    Derecho al honor... De quién, de los yonquis que fotografiaba Alberto García-Alix?
    O de otros...

    No, si lo que veo es que avanzamos hacia atrás. AFAL tenía más libertad para hacer fotos...
    ¿Estás diciendo que es más importante el derecho de sacar una foto que el derecho de no querer salir en ella? Que no se prohíbe nada, sólo se dice que hay que pedir permiso. Ya está. El consentimiento, que está ahora tan de moda. De verdad, me parece que se quiere justificar lo injustificable.

    Y porque la ley sea antigua no quiere decir que no sea válida. Como dices, se quitó una ley de censura y se pasó a una ley democrática. No veo necesario cambiar lo sustancial; pero en el caso que se cambiara no sería a algo más laxo, sería a algo más restrictivo. La conciencia de la propia imagen y del riesgo que circule sin control es mucho mayor hoy que en los 80'

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  11. #35
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    No digo nada, cada uno con su mecanismo.
    No da para más.
    "Verás, los hombres se dividen en dos categorías: Los que tienen el revólver cargado y los que cavan. Tú cavas." (Clint Eastwood. El bueno, el feo y el malo, 1966)



  12. #36
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    Cita Iniciado por Olivo Ver Mensaje
    No es ninguna chorrada, es possible que ellos mismos (los protas) tampoco se reconozacan en las fotos. En caso de juicio, hay que probar que es la persona de la foto y eso es mas complicado de lo que parece.



    Iba por otro lado, me refiero a que a menos que seas la niña afgana del célebre fotógrafo de Magnum, nadie se entera de nada. La fotografía de calle, en realidad no va de rostros, ni retratos, es por eso que lo digo.
    érase una vez El Hombre

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