¿A qué te refieres? ¿A qué el vendedor de segunda mano dé garantía o a que si tiene aún garantía el objeto, se muestre?
¿Porqué nadie enseña una revisión correcta y da una garantía del producto como cualquier comercio que se precie?
No hay responsabilidad. (?)
¿A qué te refieres? ¿A qué el vendedor de segunda mano dé garantía o a que si tiene aún garantía el objeto, se muestre?
Creo que las responsabilidades por regla general dependen de las buenas voluntades de las personas, en cualquier caso cuando compras algo de segunda mano el mero acto de transacción está legislado y conlleva ciertos garantes.
No obstante cuando vayas a realizar una compra de algo usado: un contrato de compra venta bien afinado y si la otra parte no comulga, a otra cosa mariposa.
SALUD
Imagino que se refiere a una compra ventra entre particulares
Y sí, el que vende debe responder por un defecto. Otra cosa es que nos querramos meter en rollos legales por su coste.
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Lo primero que debemos tener en cuenta respecto a esta materia, es que si la compraventa del bien usado se realiza entre particulares, no aplica la legislación de consumo (y en especial el Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), sino el Código civil. Como consecuencia de esta diferente legislación aplicable y a los efectos de la garantía, el comprador sólo podrá reclamar ante los tribunales por cualquier defecto que el bien usado tenga por plazo de seis meses y no de un año (plazo por el que responden los vendedores profesionales por venta de un bien usado, y que se eleva hasta los dos años cuando el bien es nuevo).Además del comentado plazo de garantía aplicable, es importante tener en cuenta que para poder exigir responsabilidad al vendedor de un bien usado, debe acreditarse la existencia de un defecto interno y grave desconocido por el comprador al momento de adquirirlo; un defecto de tal entidad que hubiera hecho que el comprador bien no hubiese efectuado la compra, bien habría pagado menos. No existe sin embargo responsabilidad del vendedor por defectos manifiestos al momento de comprar el bien usado.Esta garantía en el caso de los bienes usados si tuviese algún defecto permite desistir del contrato, abonándose al comprador los gastos que pagó, o rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos, pero si el vendedor conocía los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida y no los manifestó al comprador, tendrá éste la misma opción y además se le indemnizará de los daños y perjuicios, si optare por la rescisión."
Sí, yo también me refiero a compra/venta entre particulares.
Si comprás una cosa de segunda mano que justo se le ha acabado el año de garantía, no puedes pretender que el vendedor te dé otro año de garantía como si la comprases nueva. (por eso tiene otro precio)
Otra cosa es que debas grantizar que lo que vendes está tal y como tu has reseñado que está en el anuncio.
No es tan fácil... Si te la cuelan en algunas tiendas, imagínate entre particulares. Con firmar un documento de compra venta puedes ir a juicio (mercantil), porque recurrir al consumidor es harto complicado, demasiados papeleos y largas en plan vuelva usted mañana.
Así que lo que he dicho antes, en caso de duda, contrato de compra-venta con acuerdo de condiciones.
SALUD
Da la sensación que solo corre riesgos el comprador, cuando en este mismo mercadillo los problemas parecen bastante repartidos.
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