Opino lo mismo, sólo saldremos de dudas conociendo algún juicio al respecto. Quizás alguien conozca algún abogado que nos ilustre con alguna Jurisprudencia sobre el tema.
Saludos![]()
Creo que, al menos a los que vivimos en Barcelona, le interesará este enlace:
http://www.barcelonaplato.bcn.es/html2/es/index.html
Barcelona plató es una oficina que ofrece una amplia variedad de servicios gratuitos para la producción audiovisual en Barcelona y Catalunya
Os copio algunos textos:
" La autorización para rodar en la ciudad se debe obtener a través de Barcelona Plató. Es necesario rellenar dos formularios: el primero es un formulario general para la producción audiovisual y el segundo, un formulario de espacio o servicio para cada una de las localizaciones de la ciudad donde se desee llevar a cabo el rodaje. Estos formularios se encuentran en la sección "Normativa y Permisos" de esta web o en la misma oficina de Barcelona Plató. La solicitud de estos formularios es necesaria para cualquier tipo de ocupación de la vía pública o de otros espacios con el fin de realizar rodajes cinematográficos, televisivos, publicitarios, documentales o reportajes fotográficos de cualquier tipo."
" El importe de la tasa para el rodaje en la vía pública es de 553,05 € por jornada o fracción. Para el uso de espacios y edificios municipales también hay fijadas unas tasas o precios públicos que varían según el espacio o el edificio municipal.
Barcelona / Catalunya Film Commission se encarga de que las productoras de cine, televisión y documentales no tengan que pagar ninguna tasa por rodar en espacios o edificios públicos, aunque sí deberán pagar por rodar anuncios de publicidad comercial. "
Puede que os pueda resultar útil. Un saludo
Opino lo mismo, sólo saldremos de dudas conociendo algún juicio al respecto. Quizás alguien conozca algún abogado que nos ilustre con alguna Jurisprudencia sobre el tema.
Saludos![]()
Me parece que lo de la página del enlace está destinado a asociaciones , empresas o profesionales, creo que no son aplicables a particulares. Creo .
Es decir , no es lo mismo, que yo (y esto lo hice en persona ) monte un trípode para una foto nocturna al ayuntamiento de mi pueblo,o a mi mujer, teniendo en cuenta el hecho de que esa foto no va a tener ningún fin mas allá del personal ... A que yo monte un trípode pero en cambio sea el dueño del clasico comercio "Fotografos Antonimus" o de "Producciones Antonimus y CIA"
Pero bueno esto ya es una opinión personal sin fundamentar en nada
Pues aquí están la sentencias del Constitucional en los últimos años sobre los recursos de amparo en casos de derecho a la intimidad y la propia imagen.
http://sentencias.juridicas.com/sent...p?id=060040090
En el foro hay un hilo, antiguo al respecto
http://www.canonistas.com/foros/arch...hp/t-5720.html
En concreto el post de GARBAS es bastante aclaratorio sobre el tema. Si bien discrepo sobre la aplicación del título X de
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en su artículo 197 ya que esta se refiere a la divulgación de secretos. Personalmente he hecho algunos robados y los he publicado en la Web, no creo que haya ningún problema siempre y cuando no sean ofensivas, ni exista ánimo de lucro.
Un dummy con ganas de aprenderCanon Eos 50D+ Canon 55-250mmIS+Tamron 17-50 2.8 + Tokina 100 AT-X Pro + Canon 50mm 1.8 www.dumyisland.blogspot.com
http://bighugelabs.com/profilewidget...547655@N08.jpg
Una forma rápida de mirarlo es irse directamente al Fallo.
He mirado los 10 primeros.
Casos 1,2,3,7,10 (50%) desestimado el amparo
Casos 4,5, 9 Otorgar parcialmente
Casos 6, solo 20% Reconocer el amparo.
Habría que estudiar más porque los que van al Constitucional ya deben ser complicados (o tozudos)
Claro, las de lo Civil yo creo que nos orientarían más respecto a lo que reclama la gente y lo que se resuelve. Fijaos en el caso del Losantos. Han valorado el honor del Carlos Herrera en 6 millones (no es un caso de imagen, es de palabra pero yo creo que es semejante).
El resultado es que, además de recurrir, dice que por 6 millones que vale su honor se va a seguir metiendo con él lo que le plazca. (Benditos obispos, que me paguen a mí lo que a él, total para lo que dice...)
No es lo mismo pero es un caso semejante y es el resultado en lo Civil.
Por cierto, los 6 millones tienen una parte muy importante en lo que se refiere a la publicidad. El Losantos es algo semejante a periodista y lo ha divulgado y una parte de la sentencia y de la pasta es por eso.
Sí, pero habéis visto sentecias como la del Guardia Municipal. Le deniega el amparo. O la de la mujer de Gijón que se lo da.
Sí, hay que buscar de civil.
Off topic : Independientemente de la ideas que cada uno tengamos y de las ideologías que cada uno defendamos, Federico Jiménez Losantos no es "algo semejante a periodista", es periodista y ya está. Además con casi los mismos premios al periodismo que los que tienen periodistas que son todo lo contrario a él desde la década de los 80 (Del Olmo sin ir mas lejos).Periodista lo es cualquiera que tenga la licenciatura o ejerza su profesión, luego te gustan mas o por el contrario te dan ganas de irte a vivir con el abuelo de Heidi sin luz ni electricidad ni nada de nada de nada ... ... ...![]()
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