En la pagina web aparece bien claro que existen hojas de reclamación a disposición del cliente en cualquier centro del corte inglés y que se pueden devolver los productos comprados en la pagina web.
Por que los centros fisicos, ya han dicho que con ellos, no va el tema y que tratemos con la tienda online...
En la pagina web aparece bien claro que existen hojas de reclamación a disposición del cliente en cualquier centro del corte inglés y que se pueden devolver los productos comprados en la pagina web.
Mi equipo:
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Muy bien, pero no se quiere devolver ningún producto, puesto que lo que se quiere es que den el producto comprado, y una vez den lo que se ha comprado lo devolverás o no si quieres, a parte que aquí ya se mezcla algo que es falsear documento de compra-venta cambiando el producto comprado, amenaza que si quieres el que pedistes debes pagar más dinero y si no te cancelan el pedido, etc. etc., es decir, prácticas abusivas. Yo la verdad que me estoy quedando a cuadros con todo esto, no sé como un centro comercial tan enorme como ECI se permite estas cosas, a veces pienso que el tema no ha llegado a las alturas que debería llegar, por que sino sigo sin entenderlo.
Canon EOS 5D Mk III, Canon 70-200 F2.8 IS II, Canon 2x III, Canon 24-105 f4 IS, Canon 50 f1.8, cacharros varios.
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Un saludo.
Última edición por vigape; 07/05/12 a las 20:44:34 Razón: compra fuera de mercadillo
Curiosa definición del comercio electrónico.
¿En que parte de mis post he declarado que la ofertar me parezca un error?
En todo momento por mi parte he declarado que me parece una politica agresiva de precios, y El Corte Inglés hace gala de este tipo de políticas.
Cuando alguien en rebajas compra un pantalón al 70 por ciento, ¿esta ejerciendo un timo de tocomocho?
No acabo de entender el planteamiento.
Y las ofertas exclusivas de internet.
Si parece tan claro, ¿por qué cambiar las facturas proforma?
Sigo manteniendo lo de la politica de precios y publicidad agresiva (por no decir engañosa) para aumentar el tráfico de la pagina web y ver la respuesta por parte de los clientes.
Sigo manteniendo lo referente a la intención de poner un producto gancho con un precio muy competitivo, para después cambiar el precio o las condiciones, alegando después problemas de stock o de error tipografico.
Como ejemplo ya puse en post anteriores la definición de estos casos.
Te los vuelvo a postear por si tienes dudas.
>> En un cartel publicitario aparecía un artículo con unas determinadas características. Sin embargo, al ir al adquirirlo, observé que sus características diferían de las mencionadas en dicha publicidad. ¿Es ese comportamiento publicidad engañosa?
Sí. En este caso no cabe duda de que la publicidad anunciada por el establecimiento, que finalmente resultó no ser real, te indujo a error y que confiado en la misma, acudiste al establecimiento para comprar dicho artículo. Por lo tanto, este hecho debe ser denunciado y ello con independencia de la reclamación individual para exigir, en su caso, un producto acorde con la publicidad o de similares características al anunciado, al mismo precio o proporcionalmente inferior.
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>> ¿Qué diferencia existe entre la publicidad engañosa y la publicidad ilícita?
El concepto publicidad ilícita hay que entenderlo de manera más amplia que el de publicidad engañosa. Así, es publicidad ilícita tanto la publicidad engañosa como la publicidad desleal, la subliminal o cualquier otra que infrinja lo dispuesto en la normativa que regule la publicidad de determinados productos, bienes, actividades o servicios.
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>> ¿Qué entiende la Ley como publicidad engañosa?
Se entiende como publicidad engañosa la que, de cualquier forma, incluida su presentación, induce o puede inducir a error a sus destinatarios, o puede afectar a su comportamiento económico o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor. La Ley también entiende como engañosa la publicidad que silencia datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios, siempre que dicha omisión induzca a error a los destinatarios.
Mas información en la que sale por cierto el post del día sin iva en canonistas.
Descontrol en el “día sin IVA” de El Corte Inglés | LOLO punto ES
Tienes bastante razón Luisi, de hecho yo me he encontrado en los Juzgados con algún caso similar y no hay que perder de vista que me parece recordar que en caso de que el conflicto se mantenga la oficina de consumo lo deriva en un arbitrajes que deben aceptar las dos partes para que exista un dictamen vinculante (de esto no estoy completamente seguro). me parece exagerado hablar de un delito de estafa, pero o que si es claro es que es un caso de responsabilidad contractual en el que quien ofrece no tiene todas las de perder por el mero hecho de existir consumidores de por medio. las reglas de la buena fe rigen todas las relaciones contractuales del derecho español, y en este caso es evidente que una parte, el que ofrece no obra de buena fe cuando encuentra su error pero tiene explicaciones informáticas, simplemente con el enlace al producto en su base de datos, pero quien compra no lo está haciendo tampoco de buena fe porque conoce que está comprando a un precio muy inferior al de mercado y no digamos al precio real al que la página web lo ha ofrecido, casi un 50% inferior.... pero es solo una opinión, ojalá os salga bien...yo ya he optado por olvidarme del objetivo y del tema.
Un saludo para todos
Lo siento pero discrepo.
El corte ingles hace gala de unas ofertas muy agresivas, y no me parece desleal como cliente, decidir comprar un producto que el comerciante por iniciativa propia de alta en su base de datos con un precio muy competitivo.
Es cuando decide tener comportamientos como poco, no muy limpios, cuando se comenta el tema de reclamar.
La publicidad engañosa es lo que es.
Y los productos gancho son lo que son.
¿Actúa de mala fe un consumidor que decide adquirir un producto gancho, o cae en manos de la publicidad engañosa?
Si el precio al que compramos fuese 10,39 € en vez de 1.039,00 € y comprásemos varias unidades, se podría hablar de mala fe por nuestra parte y un claro error tipográfico...... Pero hablando de 614 € cuando en varias tiendas online (que evidentemente tienen su margen de beneficio) está sobre los 800 €, para mi simplemente es una oferta muy atractiva que ronda el 30% de descuento. Nada descabellado tratándose del corte inglés. Y más cuando saben que va a llevar unido un incremento bestial de visitas a su web y de publicidad gratuita.
5D MKIII + 17-40 L + 24-70 L + 70-200 f2,8 IS II L + 100 f2,8 IS L + Flash 580 EXII
http://www.juanjobenito.com/
Que alguien diga en un foro que hay un chollo y vayas y veas que el precio es el 60% de lo normal de esa casa (que no en el resto, donde suele ser un 20% menor) y supongas es una oferta ¿es algo tan raro?, y más cuando esa casa hace ofertas en muchas ocasiones aun mayores. No, si lo que hacen mal van a ser los que van a visitar las tiendas online y cuando ven algo que le interesa por el motivo que sea van y encima compran. Lo que hay que leer y encima de gente que aparentemente está metida profesionalmente en asustos de leyes, así nos va.
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Todo posible argumento a favor del CI cae por supropio peso desde el momento en que falsean los datos de una factura de forma unilateral.
Es una clara muestrsa de su mala fe.
Y esto sí esta tipificado como delito.
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