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Tema: Derechos de imagen en un restaurante

  1. #1
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    ago 2010
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    Predeterminado Derechos de imagen en un restaurante



    Hola,

    Desde hace tres años mantengo (como aficionado, ni siquiera tengo publicidad) un blog Las aficiones de Fernando sobre gastronomía y cosas así. Por primera vez me ha pasado que el dueño del local (o el encargado) me preguntaba que para que quería las fotos, que si eran para uso personal, que los platos que había fotografiado tenían su derecho de imagen, etc. Yo les dije, cuando reaccione tras la sorpresa inicial, que eran exclusivamente para mi uso personal....

    Mi pregunta es simple para los profesionales que se pelean con estas cosas: como se debe reaccionar en una situación de estas. Por supuesto decir que no había ninguna indicación o cartel indicando que esta prohibido hacer fotografías.

    Saludos y gracias por vuestra opinión

  2. #2
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    Predeterminado

    Para la próxima explica para lo que es, al mejor te invitan al postre.
    Si quieres ser uno entre cien mil puedes colaborar con la compra de este libro
    http://www.blurb.es//images/uploads/...741e38957d.jpg
    Cada vez que corras, hazlo contra la leucemia infantil http://www.unoentrecienmil.org/
    Estás invitado a Los días de la lluvia, no traigas paraguas. 500 px

  3. #3
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    Predeterminado

    Derechos de imagen y deberes del Pollo a la Petitória (petitória porque el dueño quería "petir" pasta !!). A ver que dicen los legos en la materia, y si hay leyes que prohiban hacer fotos a comida y no prohiben mirarlas... (por ahora)
    Muchas veces el Derecho de imagen y a la integridad se traduce en 40 monedas de oro (o eran 30?)

    Tienes un estupendo blog Restaurantes-culinario. A mí solo me gusta fotografíar los platos que hago o me gusta su aspecto.

    Salu2

    (aún tengo que colgar mi receta de lentejas guisadas como prometí)

    Mi galeriade
    Canon 40D+Tamron 17-50mm f/2.8+Canon 100mm Macro+Canon 70-300mm f/4-5.6 IS+Peleng 8mm+Dupli 2X Kenko+Flash Macro Sigma EM 140DG+Tr.y Rot. Giottos
    Flickr
    70D+G5 X+G12+IXUS115HS+Tamron 17-50mm f/2.8+Canon 100mm Macro+Canon 70-300mm IS+Samyang 8mm+50mm f/1.8

  4. #4
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    Predeterminado

    Jooooder, me ha entrado hambre , es que no son horas para esto
    Saca la foto sin flash!. Y Flash no salió en la foto.

  5. #5
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    jul 2007
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    Junto a una manzanita mordida...
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    Predeterminado

    Mmmmm....

    Me temo que a no ser que tenga registrados sus platos... poco tiene para reclamar. Quizá si la vajilla es "de autor", o también la lencería con que viste sus mesas... Pero dudo que tenga posibilidades de limitar que hagas fotos a no ser que lo indique bien claro en carteles a la entrada...

    Saludetes.

    Juan.

  6. #6
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    Igual me equivoco, pero en un establecimiento el dueño pone las reglas (que para eso es "su casa") y te puede prohibir que hagas fotos en cualquier lado en el interior del local. Que alguien pruebe a fotografiar en el CI, a ver que pasa.

  7. #7
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    Cita Iniciado por Trantorrr Ver Mensaje
    Igual me equivoco, pero en un establecimiento el dueño pone las reglas (que para eso es "su casa") y te puede prohibir que hagas fotos en cualquier lado en el interior del local. Que alguien pruebe a fotografiar en el CI, a ver que pasa.
    Eso díselo a los dueños de establecimientos que prefieren permitir fumar dentro de sus establecimientos

    Coñas aparte, yo lo entiendo de la misma manera.

    En cuanto a los platos... No creo aventurarme mucho si digo que los platos no están protegidos por el derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen, lo que no sé yo es si al cocinero le ampara el derecho a la propiedad intelectual o si los platos pudieran ser registrados como marcas.

    Saludos.

  8. #8
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    Predeterminado

    Mano izquierda.
    Un par de fotos de platos bien "retratados", acompañados a ser posible con comentarios (ligeramente "tuneados") es mano de santo.
    En caso contrario, el dueño del establecimiento tiene "derecho de admisión" y te recuerdo que el delito de allanamiento de morada castiga (artº 202 y ss) no solo a los que entran sino a los que permanecen en ella contra la voluntad del "morador" (ni siquiera ha de ser propietario), de modo que, en caso de ponerse la cosa chunga tienes las de perder.
    Hay un gran vacío legal porque, por ponerse finos...¿no podemos hacernos una foto los amigos que celebramos cualquier cosa?... ¿y una boda, bautizo, separación o divorcio?...Lo trates como lo trates, recuerda que él está en su casa.
    Todo ello se puede complicar si en la foto llega a aparecer alguien que manifiesta de manera tácita o expresa su oposición a ser fotografiado....
    En mi opinión es según te vean. Con una compacta y adelantando un pié, a la vez que te agachas un poco, no hay problema. Como te vean con una máquina grande, con grip y flash "curioso", descubren que (además) eres un filón de euros. Y por regla general no les anima ninguna motivación legal, sino crematística.
    Una cámara con unos cristales, un chisme para sujetarla, otro para suavizar sombras y ganas de aprender desde 1972 en que me compré una Minolta SR7.

  9. #9
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    Cita Iniciado por Trantorrr Ver Mensaje
    Igual me equivoco, pero en un establecimiento el dueño pone las reglas (que para eso es "su casa") y te puede prohibir que hagas fotos en cualquier lado en el interior del local. Que alguien pruebe a fotografiar en el CI, a ver que pasa.
    un tema siempre complicado y dificil saber que hacer o no, mira este enlace

    Te pueden prohibir hacer esa fotografÃ#a…, Carrero

    el punto 8 pone lo de los centros comerciales pero no se hasta que punto se podra o no hacer fotos, yo creo que lo mejor es pedir permiso
    Otra cosas es que si la foto es para uso particular tampoco entiendo por que no puedo hacer la foto?

    Tema peliagudo y de muy largo debate

    un saludo

  10. #10
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    jul 2007
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    Junto a una manzanita mordida...
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    Cita Iniciado por obkcaptain Ver Mensaje
    Mano izquierda.
    Un par de fotos de platos bien "retratados", acompañados a ser posible con comentarios (ligeramente "tuneados") es mano de santo.
    En caso contrario, el dueño del establecimiento tiene "derecho de admisión" y te recuerdo que el delito de allanamiento de morada castiga (artº 202 y ss) no solo a los que entran sino a los que permanecen en ella contra la voluntad del "morador" (ni siquiera ha de ser propietario), de modo que, en caso de ponerse la cosa chunga tienes las de perder.
    Hay un gran vacío legal porque, por ponerse finos...¿no podemos hacernos una foto los amigos que celebramos cualquier cosa?... ¿y una boda, bautizo, separación o divorcio?...Lo trates como lo trates, recuerda que él está en su casa.
    Todo ello se puede complicar si en la foto llega a aparecer alguien que manifiesta de manera tácita o expresa su oposición a ser fotografiado....
    En mi opinión es según te vean. Con una compacta y adelantando un pié, a la vez que te agachas un poco, no hay problema. Como te vean con una máquina grande, con grip y flash "curioso", descubren que (además) eres un filón de euros. Y por regla general no les anima ninguna motivación legal, sino crematística.

    -Un restaurante no es una morada. Es un local privado de público acceso...
    -Si no está especificado claramente que está prohibido hacer fotos, se pueden hacer.
    -El derecho de admisión está regulado claramente a determinados casos (estados de embriaguez, violencia, materias peligrosas, actitudes ofensivas...) pero no al hecho de fotografiar.
    -Si en la imagen no aparecen mas que platos, no hay comensal que se pueda quejar de que se hagan fotografías.
    -Si que hay cocineros que tienen sus platos, y la forma de presentarlos, es decir, la imagen del plato, registrados (Bocuse, Arzak, Adriá...)

    Explicando al propietario la intención de la imagen, y comentándole que va a aparecer en un blog en el que se va a elogiar su trabajo, seguro que no tienes problemas. Si aun así no te dejan... se acaban de ganar una mala crítica en tu blog; infórmate de si tienen mail y le envías la reseña que hayas escrito. Que aprendan a tratar al cliente del que viven...

    Saludetes.

    Juan.

  11. #11
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    feb 2008
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    Lo de "morada" no lo tienes que entender como domicilio. Es un concepto más amplio en el que caben incluso las tiendas de campaña, auto-caravanas y habitaciones de hotel.
    De hecho en el Artº 203 se habla claramente de despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público.
    A todo esto ¿estamos hablando del Derecho Penal Español?. Lo digo porque la expresión que has utilizado "local privado de público acceso" me recuerda la terminología que se usa en Argentina
    En España hay que referirse a locales de "pública concurrencia".
    Y el derecho de admisión no se reduce a borrachos y maleantes. es sencillamente que el dueño puede negarte el acceso o la permanencia en su establecimiento sin más razones que su santa voluntad.
    Una cámara con unos cristales, un chisme para sujetarla, otro para suavizar sombras y ganas de aprender desde 1972 en que me compré una Minolta SR7.

  12. #12
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    ago 2010
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    Predeterminado

    Muy útiles vuestros comentarios pero ya sabia yo que el tema es peliagudo. Si concluyo los consejos recibidos...
    1. Ponerme alerta por que posiblemente quieren "parne" y lo de la foto quizás no sea importante.
    2. Hablar en un tono un poco pelota alabando los platos y demás para que todo pase "suave". Si ademas consigo que me inviten ...
    3. Ponerme "cabezón" si no hay carteles que impidan hacer fotos pero si me invitan a marcharme hacerlo pero sin entregar mi tarjeta ni borrar fotos. En este caso no irme sin rellenar el libro de reclamaciones.
    Siguientes paso serian buscarme una camara discretita pero lo contento que yo voy por ahi con mi camara (500D) y mi pisa para no aparentar demasiado.

    Pues gracias por lo halagos y enric, he mirado tus fotos y me ha entrado hambre, que tiene razón el compañero, que son malas horas...

    Saludos

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