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Tema: Fotos y policia .. problemas ??

  1. #1
    Fecha de Ingreso
    dic 2009
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    Predeterminado Fotos y policia .. problemas ??

    Hola a todos ...

    he intentado buscar algo de informacion en la red sobre este tema , a primera vista y como muchas otras leyes , queda en manos del policia la decision de poder requisarte la camara o hacerte borrar la imágenes.

    Por lo que leo, en caso de pertenecer a los medios de comunicacion , el tema esta mas tutelado , teóricamente permitido en vías publicas y actos publicos ... aunque en la letra pequeña también dice que la imagen no vulnere el derecho al honor o a la propia imagen del funcionario , en tal caso puede ser requisada la cámara o tarjetas de memoria , osea que también con los medios pueden hacer lo que les de la gana ??

    En caso de que las fotos sean tomadas por un particular la brecha legal es muuucho mas grande , solo con la suposición del agente que tus imágenes puedan ser usadas para fines delictivos o que pongan en peligro la seguridad de los funcionarios policiales o de sus instalaciones ...

    hasta donde somos libres de hacer fotos en españa???
    que se puede y no se puede hacer??
    algún fotógrafo profesional informado sobre este tema??

    ...experiencias personales, opiniones ...

    Gracias por pasar, un saludo a todos y espero vuestras respuestas , en un tema que me parece importante para todos y creo conocemos poco (al menos yo no estoy muy informado) ...

    fotos LIBRESSSS

  2. #2

    Predeterminado

    hola Petter,

    los periodistas acreditados llevan la tajeta y el brazalete (hablo de catalunya) que es lo acordado tras el 18 de marzo por el colegio de periodistas y el departamento de interior.

    el tema de las fotos/policias es digamos mas complicado, hay particulares que se acercan al policia y les piden hacerse una foto porque les hace gracia, otros que quieren tener una foto del vehiculo....policias a los que no les importa y a los que si( y totalmente comprensible),

    lo que le mosquea al policia (digo yo) es que alguien sea profesional o no, le saque fotos de la cara como si fuese un modelo, porque para que queremos nosotros las fotos con buena definicion de un policia?, seguro que si voy con mi camara por la calle y empiezo a fotografiar a una chica que no conozco o me da una guantada en la cara o llama a la policia asustada.

    en fin creo que he soltado un rollo pero no te he respuesto, un dia me dijeron que tu libertad termina donde empiza la de otra persona, por lo tanto si la foto no tiene maldad no creo que tengas problemas.

    tambien hemos de pensar (no soy policia , pero tengo conocidos), que muchos de ellos eligen destinos lejos de sus domicilos para evitar encontrarse a conocidos o que se sepa su profesion, tampoco es plan que salga la cara de un agente en tv3 o en un periodico como primer plano , cuando la noticia no es el agente, la noticia sera X.

    saludos!

  3. #3
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    dic 2009
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    Cantabria
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    152

    Predeterminado

    jdbcn .. gracias por tu opinion ...
    buscando un poco en el foro , estoy leyendo este post de Pere Larrègula , en el que se comparte informacion/opinones no sobre e este tema en concreto , anunque venga citado , sino sobre los derechos de imagen de las personas en general ....

    muy interesante , echarle un ojo si os interesa el tema ...

    http://www.canonistas.com/foros/gene...en-espana.html

    aun asi , espero opinones , experiencias .... tanto de profesionales como de aficionados ...
    gracias ...

  4. #4
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    may 2007
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    Predeterminado

    Además del tema del derecho de imagen como personas, creo que existe algo legislado sobre hacer fotos a las "Fuerzas de Seguridad" (FS)
    Además de la ley están las circunstancias, de como se han levantado, y del día que hace (al igual que la de la nena del guantazo!*).

    En la visita del Papa te podías hinchar de hacer fotos a los Mossos y todo eran sonrisas (lo mismo cuando acompañan al Barça). En una no muy lejana mani lo que se hincharon fueron las narices a algún reportero (el brazalete le sirvió para secarse la sangre)

    Para el tema de sus vehículos, yo espero a que no haya ningún "número" que pueda estropear la foto,

    No hay nada escrito bajo el Sol (a parte de la Ley)

    Salu2

    (*si es al revés, dudo que algún hombre le de un guantazo a una fotógrafa o ponga cara de asco, tal vez le invite a unas copas)
    Última edición por enricvision; 04/12/10 a las 21:52:49
    Flickr
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  5. #5
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    Predeterminado

    Diferencias: sacas a un policia en un acto publico en medio del tumulto, sin un protagonismo acusado, como imagen accesoria, legalmente NO deberia pasar nada, otra cosa es que te toque un chulo que te retenga y te requise la camara en base a una sospecha de portar en el 300 2,8 un misil con anthrax en su cabeza, o que te has rascado los genitales en actitud amenazadora, y como es una agente de autoridad, aqui mando yo y vale. Lo normal es que pida la identificacion, de prensa o dni. Depende del grado de paranoia.
    Si quereis comparar con la inglesa ya vereis:
    http://celestinoarce.com/descargas/d...fotografos.pdf


    No tengo aqui la legislacion española, pero es bastante mas permisiva que la inglesa. Aqui tengo la papelina que me enviaron antes de ir a hacer fotos por alli, solo a nivel orientativo:

  6. #6

    Predeterminado

    Cita Iniciado por hal027 Ver Mensaje
    Diferencias: sacas a un policia en un acto publico en medio del tumulto, sin un protagonismo acusado, como imagen accesoria, legalmente NO deberia pasar nada, otra cosa es que te toque un chulo que te retenga y te requise la camara en base a una sospecha de portar en el 300 2,8 un misil con anthrax en su cabeza, o que te has rascado los genitales en actitud amenazadora, y como es una agente de autoridad, aqui mando yo y vale. Lo normal es que pida la identificacion, de prensa o dni. Depende del grado de paranoia.
    BRAVO

    Supuestamente, a título personal, si es el centro de atención de la foto no te dejan sacarla como particular...otra cosa es que les pilles enfrascados en alguna ocasión de interés público, manifestaciones, detenciones...etc; yo no he visto ninguna de uno saliendo del portal de casa con el uniforme.

    Suerte y ojo porque os pueden buscar las cosquillas...lo suyo es pedir permiso Siempre.

    Un saludo

  7. #7
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    ene 2011
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    Predeterminado

    Respecto a los ingleses, os dejo dos recuerdos que se llevó un familiar del viaje a Londres. No tuvo ningún problema pero en la segunda foto le faltó un poco más de disimulo (están hechas con una compacta, no busquéis fallos porque nunca terminariamos)




    De todas formas, no sólo a las personas. Soy aficionado a la aeronáutica y de vez en cuando me acerco al perímetro del aeropuerto a fotografiar algún avión y casi siempre suele pasar la pareja de la guardia civil a ver que se cuece y si se aburren paran y piden explicaciones, etc. Es decir, no sólo hay que tener cuidado con las personas, sino con los lugares. Accesos, cámaras de seguridad y como habéis dicho vehículos

  8. #8
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    feb 2008
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    Predeterminado

    En esto como en todo, una cosa es la ley que dice:
    Artículo 8
    1. No se reputarán, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante.
    2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
    a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
    b) La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
    c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria. Las excepciones contempladas en los párrafos a) y b) no serán de aplicación respecto de las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de la persona que las ejerza.

    Y otra, muy distinta, las circunstancias.
    Ya se ha comentado antes: visita del Papa, sonrisas y abrazos. Mani, palos y golpes. (interpretación "sui genéris" de los apartados a y b)
    Y es que la profesión de periodista gráfico junto con la de músico y camarero es una de las que más riesgo presenta.
    Lo mejor, utilizar el "sexto sentido" y lo que no se arregle por las buenas, mejor dejarlo estar.
    Una cámara con unos cristales, un chisme para sujetarla, otro para suavizar sombras y ganas de aprender desde 1972 en que me compré una Minolta SR7.

  9. #9
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por obkcaptain Ver Mensaje
    Y es que la profesión de periodista gráfico junto con la de músico y camarero es una de las que más riesgo presenta.
    Que penita, pero dudo que hayan muerto 157 camareros o 157 periodistas gráficos en España en el 2010 como lo han hecho obreros de la Construcción (tal vez alguno por el peso del equipo!!!), pero si lo has contrastado lo mismo estoy yo equivocado. (o tal vez riesgo a que la Esteban les de un guantazo)

    Salu2
    Última edición por enricvision; 09/01/11 a las 02:30:25
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  10. #10
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    Predeterminado

    Que recuerdos...
    Un día fui a cubrir un trabajoooooooo. Un tipo que había matado a su mujer... Que mal rollo. Estaba yo solo y una amigo mío periodista, lo saco la guardia civil del furgón, y me diceeeeee,ve ha hacer fotos a tu puta madreeeeeee.

  11. #11
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    341

    Predeterminado

    Aquí os paso este texto para el que le pueda valer. Saludos.

    1. BASE LEGAL.
    Ley Orgánica 1/82, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la
    intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
    Artículo 7: Constituye una intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen:
    5. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro
    procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada
    o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo 8.2.
    Artículo 8
    1. No se reputarán, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones
    autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la ley, ni cuando
    predomine un interés histórico, científico o cultural relevante.
    2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
    a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de
    personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección
    pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al
    público.
    b) La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
    c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la
    imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria. Las
    excepciones contempladas en los párrafos a) y b) no serán de aplicación respecto
    de las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza
    necesiten el anonimato de la persona que las ejerza.
    2. JURISPRUDENCIA.
    No determinante. Existen diversas sentencias del Tribunal Constitucional y del
    Tribunal Supremo en distintos sentidos (y anecdóticamente la resolución estimada del
    Recurso de Apelación número 69/2006 llevada a cabo por la Audiencia Provincial de
    Burgos, Sección Primera, de 31 de marzo de 2006, que concluye que no existe el derecho
    por parte de terceros a captar mediante cualquier sistema técnico de reproducción de
    imágenes de personas sin no media expreso consentimiento, pero no sienta
    jurisprudencia).
    3. PROCEDIMIENTO.
    En definitiva, la toma de fotografías de funcionarios de policía en el ejercicio de sus
    funciones es legal, ya que el derecho a la intimidad y a la propia imagen del policía cede
    ante el derecho a la información. Sin embargo, existen las siguientes limitaciones:
    - Cuando se ponga en peligro su seguridad.
    - Cuando resulte afectado el derecho a la intimidad, a la propia
    imagen y al honor del funcionario de policía.
    FOTOGRAFÍAS A POLICÍAS
    Según las diferentes situaciones:
    a) Fotografías captadas por medios de comunicación:
    Debido al derecho a la información veraz y a la condición de funcionarios públicos
    en el ejercicio de sus funciones, en principio pueden tomar imágenes, siempre que se
    cumplan los siguientes requisitos:
    - Que la imagen sea captada en un lugar público, con ocasión de un
    acto público y en el ejercicio de las funciones propias del cargo.
    - Que la imagen tenga relación con la información veraz ofrecida por
    el medio de comunicación.
    - Que la imagen no vulnere el derecho al honor o a la propia imagen
    del funcionario.
    b) Fotografías captadas por particulares, existiendo indicios de que pueden ser
    utilizadas para la comisión de actos delictivos o que pongan en peligro la
    seguridad de los funcionarios policiales o de sus instalaciones:
    Aplicación de la L.O. 1/92, artículo 19, aptdo. 1, segundo párrafo: “Asimismo,
    podrán ocupar preventivamente los efectos o instrumentos susceptibles de ser utilizados
    para acciones ilegales, dándoles el destino que legalmente proceda”.
    Intervención de la cámara cumplimentado la correspondiente acta, y
    comparecencia dando cuenta al Juzgado, poniendo a su disposición los efectos
    intervenidos.
    c) Fotografías captadas por particulares, NO existiendo indicios de que puedan ser
    utilizadas para la comisión de actos delictivos o que pongan en peligro la
    seguridad de los funcionarios policiales o de sus instalaciones:
    A juicio del agente actuante, si se considera que no existe justificación para la toma
    de esas imágenes, se tomará la filiación completa de la persona y se le informará de que
    si las imágenes tomadas llegan a vulnerar los derechos arriba expuestos de los
    funcionarios policiales (ejemplo: publicar dichas fotografías en internet con ánimo
    denigratorio) se pondrá en conocimiento del Juzgado correspondiente.

  12. #12
    Fecha de Ingreso
    mar 2008
    Ubicación
    LLuçanès . Barcelona
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por sanchezmiranda Ver Mensaje
    Que recuerdos...
    Un día fui a cubrir un trabajoooooooo. Un tipo que había matado a su mujer... Que mal rollo. Estaba yo solo y una amigo mío periodista, lo saco la guardia civil del furgón, y me diceeeeee,ve ha hacer fotos a tu puta madreeeeeee.

    Eso con los detenidos pasa a menudo. Lo raro es que no te escupiera.
    Con las fuerzas del orden nada, oiga. Ellos a lo suyo y yo a lo mio.
    Antes de publicar y ante la duda un ligero pixelado de los rostros y tan contentos.

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