
Iniciado por
angelfab
OscarG,
Independientemente de lo que puedan decir la leyes de contratos, y dejando a un lado que creo que es diferente al hablar de la cesión de imagenes o de la propia imagen (a la primera se aplica la propiedad intelectual y a la segunda la propia imagen intimidad y honor propio y familiar) que ya mencionan como debe ser, me pregunto, ¿como puedes coonservar los contratos verbales de cientos de fotografias? ¿y para quien? porque cualquier empresa o lugar donde te requieras una cesión de imagen, lo hacen por escrito. Lo pregunto porque quizás conoces la forma y nos puede ser útil, para poder afotar con un consentimiento expreso y útil (vamos que lo puedas conservar).
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