Cita Iniciado por angelfab Ver Mensaje
OscarG,


Independientemente de lo que puedan decir la leyes de contratos, y dejando a un lado que creo que es diferente al hablar de la cesión de imagenes o de la propia imagen (a la primera se aplica la propiedad intelectual y a la segunda la propia imagen intimidad y honor propio y familiar) que ya mencionan como debe ser, me pregunto, ¿como puedes coonservar los contratos verbales de cientos de fotografias? ¿y para quien? porque cualquier empresa o lugar donde te requieras una cesión de imagen, lo hacen por escrito. Lo pregunto porque quizás conoces la forma y nos puede ser útil, para poder afotar con un consentimiento expreso y útil (vamos que lo puedas conservar).

Dependiendo del caso no es necesario guardar nada. Hemos empezado hablando de robados, pero tambien ha salido el tema de gente que te pide que les hagas una foto y pose para ella, entre otras cosas. Pues en ese caso, la misma foto en la que aparece posando de forma natural es prueba suficiente de la existencia del contrato verbal. De hecho conozco algún caso similar en que se le ha dado la razón al fotógrafo.

Por supuesto en un robado en el que despues pidas permiso no serviría y tendrias que poder demostrar la existencia de ese contrato.